Saltillo

Publicado el miércoles, 3 de diciembre del 2025 a las 20:13
Saltillo.- La diputada Beatriz Eugenia Fraustro Dávila, de la Alianza Coahuila, propone reformar las leyes del IMSS y del ISSSTE, a fin de garantizar que las personas con discapacidad conserven su pensión no contributiva, aunque realicen un trabajo remunerado.
Ambas leyes establecen como causa de suspensión o terminación de la pensión, el hecho de que la persona beneficiaria realice un trabajo remunerado.
“Dicha regla, pensada originalmente para hijos en edad escolar, genera una discriminación directa cuando se aplica a personas adultas con discapacidad que, por su condición, requieren la pensión de manera indefinida y, al mismo tiempo, tienen la capacidad y el deseo de ingresar al mercado laboral, lo que las coloca en un dilema injusto: trabajar y perder su pensión, o renunciar a su derecho al empleo para conservarla”.
La Constitución reconoce el derecho al trabajo digno y socialmente útil (Artículo 123); el 5 garantiza que nadie puede ser impedido de dedicarse a una actividad laboral lícita, salvo en casos excepcionales previstas por la ley, en tanto que el dos ordena al Estado garantizar el ejercicio pleno de los derechos laborales de las personas con discapacidad.
Añadió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que la pensión por orfandad y el trabajo remunerado son compatibles cuando la remuneración percibida no sea suficiente para la manutención del beneficiario.
De igual manera, reconoce que ambas prestaciones son autónomas, pues provienen de aportaciones diferentes, por lo que no existe riesgo financiero para la estabilidad financiera del sistema.
Aún y cuando el IMSS y el ISSSTE deben probar que la persona con discapacidad que trabaja recibe recursos suficientes para mantenerse por su empleo, en la práctica es común que de forma automática se suspenda o declare la pérdida de la pensión por orfandad cuando una persona con discapacidad obtiene un empleo formal, sin analizar si su ingreso es suficiente para que pueda mantenerse.
“La discapacidad implica costos adicionales: transporte especializado, adaptaciones en el hogar, apoyos técnicos, medicamentos, terapias, asistencia personal, entre otros. Estos gastos nunca son considerados al suspender la pensión”.
“Tampoco se toma en cuenta que muchas personas con discapacidad enfrentan una mayor inestabilidad en el mercado laboral, derivada de entornos poco accesibles, discriminación o falta de ajustes razonables, por lo que pueden perder su empleo de manera frecuente e inesperada”.
Además, el 40 por ciento experimenta un desempleo dos veces mayor que el promedio de la población, y reciben, en promedio, sólo el 66.5 por ciento de lo que ganan las personas sin discapacidad.
Explicó que las personas con discapacidad enfrentan estigmas, prejuicios y discriminación, que impactan en la salud física, mental y emocional. En el 2020 se reformó la Constitución Mexicana para reconocer su derecho a una pensión no contributiva para garantizar su rehabilitación y atención.
“La incorporación de estos derechos representó un paso fundamental para brindar seguridad económica, mejorar la calidad de vida y apoyar el ingreso de los hogares donde vive una persona con discapacidad. Esta medida respondió a una realidad alarmante: Una de cada dos personas con discapacidad en México viven en una situación de pobreza”.
No obstante, refirió, no resolvió uno de los obstáculos más graves que perpetúan la brecha de desigualdad laboral y económica de este sector.
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