Cd. Acuña

Publicado el martes, 19 de mayo del 2015 a las 20:17
Saltillo, Coah.- La ley en Coahuila permitirá la participación de capital privado en proyectos de inversión pública, investigación aplicada e innovación tecnológica, pero castigará a los incumplidos con rescisión del contrato y multas de hasta 20 mil días de salario mínimo, equivalente a un millón 329 mil pesos, e inhabilitación para participar en licitaciones públicas. En caso de que así lo permita la rentabilidad del proyecto y según se haya establecido en la convocatoria, en las bases y en el contrato respectivo, podrá exigir al inversionista proveedor el reembolso del valor de los inmuebles, bienes y derechos aportados por dependencias o entidades del sector público, utilizados en el proyecto.
El reembolso de las cantidades por concepto de remanentes y otros rubros en la forma y términos que se establezcan en las bases o en el contrato.
El pago de derechos por la supervisión y vigilancia de la ejecución de la obra o de la prestación de los servicios. Cualquier ciudadano podrá asistir a los diferentes actos del concurso, en calidad de observador. Con su nombre, número de licitación y/o registro del sistema electrónico de información pública gubernamental CompraNet, nombre del convocante, nombre del inversionista proveedor, plazo del contrato, monto total del proyecto, monto de los pagos programados y ejecutados durante el ciclo de vida del proyecto, y con los Indicadores asociados a la rentabilidad social, financiera y económica del proyecto.
Además, el inversionista proveedor deberá contratar seguros que cubran los riesgos contra los usuarios, la infraestructura y de responsabilidad civil, entre otros candados.
El Congreso del Estado modificará la Ley de Proyectos para la Prestación de Servicios garantizando la legalidad, libre concurrencia y competencia, objetividad, imparcialidad, transparencia y publicidad.
La dependencia o instancia convocante deberá adjudicar los proyectos en las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.
“A través de la iniciativa se pretende actualizar la normatividad coahuilense incorporando las mejores prácticas internacionales en la materia, tomando en cuenta los avances y experiencia ganados en la Federación y en otros estados”, expresó el diputado Javier Díaz González.
Para añadir mayor certeza a estos esquemas, se indican los sujetos impedidos para presentar proposiciones, por ejemplo, por deber créditos fiscales, que hayan sido sentenciadas, que hayan incumplido contratos, y se contemplan los procedimientos de invitación restringida y adjudicación directa.
Se incorporan también los derechos y obligaciones del inversionista proveedor, como el derecho a recibir las contraprestaciones por el desarrollo del proyecto, previstas en el régimen financiero del contrato; a solicitar prórroga de los plazos del contrato cuando se hayan demorado por causas imputables a la dependencia o entidad, y a recibir indemnizaciones previstas en el contrato por los daños originados por demoras.
Asimismo, la obligación de prestar los servicios contratados con los niveles de desempeño convenidos, de contratar los seguros y asumir los riesgos establecidos en el contrato, de proporcionar la información financiera y de cualquier otra naturaleza que solicite la dependencia, entidad o cualquier otra autoridad competente y la de permitir y facilitar la supervisión y auditorías conforme a las disposiciones aplicables y al contrato.
Derechos de la dependencia o entidad contratante:
Incorpora la transparencia y participación ciudadana:
Se creará un registro de proyectos:
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