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Castigarán con 6 años de cárcel la ‘pornovenganza’

Por Ernesto Acosta

Publicado el domingo, 24 de septiembre del 2017 a las 08:03


El Código Penal privilegia la privacidad de las personas.

Saltillo, Coahuila.- La persona que tome y/o divulgue una o más imágenes, fotografías, videos o películas de una persona desnuda, o de uno o más actos sexuales de la misma, o de una mujer sin corpiño, sin consentimiento de la persona, si tiene 18 años o más, será castigado con de tres a seis años de prisión.

Además, deberá pagar de 700 a mil 200 días multa, establece la iniciativa del nuevo Código Penal, con lo cual Coahuila se sumará a los estados que sancionan el delito conocido como “pornovenganza”.

En el capítulo Invasiones a la Intimidad y a la Información y Comunicaciones Privadas, señala que también se impondrán de cuatro a siete años de cárcel y de mil a mil 500 días multa a quien tome y/o divulgue una o más imágenes, fotografías, videos o películas de una persona desnuda, o de uno o más actos sexuales de la misma; de una mujer sin corpiño mayor de 6 años; en cualquier caso, con o sin consentimiento de ella, si tiene menos de 18 años.

También se multará por divulgar ‘secretos’

El nuevo Código Penal de Coahuila endurece las penas contra el delito conocido como “pornovenganza”.

Se aclara que no será punible tomar o divulgar en un contexto familiar y con consentimiento de quienes puedan otorgarlo conforme a la ley imágenes, fotografías, videos o películas no pornográficas de niños o niñas desnudos que tengan menos de 3 años.

Asimismo, se aplicará de 3 meses a un año de prisión y de 100 a 500 días multa, o 3 meses de libertad supervisada y de 200 a 700 días multa, a quien sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo revele un secreto, intimidad personal o comunicación reservada que se le haya confiado con ese carácter.

Esto, siempre y cuando la revelación perjudique la reputación o las relaciones con un miembro de la familia o el patrimonio de quien podía consentir o de un miembro de su familia, o los intereses profesionales o comerciales de cualquiera de aquellos.

Se impondrá de uno a 5 años de prisión y de 500 a 800 días multa a quien sin mandato de autoridad judicial competente o sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo y para conocer alguna intimidad, información o comunicación privadas, se apodere de documentos u objetos de cualquier clase que contengan la intimidad, información o comunicación privadas.

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