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Condenan a 28 años de prisión a exentrenador de taekwondo en Nuevo León por abusos contra una menor

  Por Excélsior

Publicado el jueves, 29 de octubre del 2026 a las 17:34


Jorge “N” pasará casi tres décadas tras las rejas por agredir a una alumna en Monterrey; abusó de su rol como instructor para cometer el delito.

Monterrey, N.L. — Un juez dictó una sentencia de 28 años y tres días de prisión en contra de Jorge “N”, de 42 años de edad, tras ser encontrado penalmente responsable de cometer delitos sexuales en agravio de una menor de edad cuando se desempeñaba como entrenador de taekwondo, informó la Fiscalía General de Justicia de Nuevo León.

De acuerdo con las indagatorias ministeriales y los reportes judiciales, los hechos ocurrieron de manera reiterada entre los años 2013 y 2015, periodo en el cual el sentenciado aprovechó su posición y cercanía como instructor de artes marciales para entrar en contacto con la víctima, quien entonces era una adolescente.

Delitos comprobados y daño psicoemocional

Durante el proceso penal, la representación social sustentó la acusación por los delitos de violación, atentados al pudor y corrupción de menores, presentando ante la autoridad judicial una serie de testimonios y peritajes que acreditaron con precisión de tiempo, lugar y modo las agresiones dolosas ejercidas en contra de la afectada.

La autoridad ministerial destacó que los actos de índole sexual se cometieron en contra de la voluntad de la menor, ocasionándole un severo daño físico y psicoemocional debido a la naturaleza de las conductas de interacción corporal y el abuso de confianza derivado de la relación entrenador-alumno.

Marco legal y el contexto de las denuncias

El fallo se da en un contexto en el que los marcos judiciales del país han reforzado la protección a las infancias y adolescencias víctimas de violencia. Cabe recordar que, en junio de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las demandas y acciones legales por daños derivados de violencia sexual contra menores de edad son imprescriptibles y nunca caducan.

El máximo tribunal del país resolvió entonces que obligar a que estos casos expiren bajo plazos legales tradicionales constituye una forma de revictimización, al no considerar el tiempo que las víctimas requieren para procesar el trauma, asimilar el impacto emocional y encontrar las condiciones de seguridad necesarias para denunciar a sus agresores.

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