Nacional
Por
Lorena Farías
Publicado el jueves, 15 de mayo del 2025 a las 23:34
Ciudad de México.- El Tribunal avala que el INE retire constancias de mayoría a candidatos sentenciados por violencia de género o incumplimiento alimentario.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respaldó al Instituto Nacional Electoral (INE) en su facultad para anular los resultados electorales de aspirantes que, tras ganar un cargo, resulten tener sentencias firmes por violencia de género o por ser deudores alimentarios.
Durante la sesión de este jueves, la Sala Superior desechó una impugnación promovida por Nallely Vianey Paredes Suárez, quien aspiraba a una plaza como jueza de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México. La candidata objetaba el acuerdo del Consejo General del INE, el cual establece el retiro de constancias de mayoría a personas sancionadas bajo el protocolo “8 de 8 contra la violencia”.
El proyecto, presentado por el magistrado Felipe Fuentes Barrera, sostuvo que no se puede validar una elección cuyo desenlace conlleve la inhabilitación del ganador, y recalcó que el INE tiene competencia para actuar en consecuencia.
La resolución garantiza que quienes hayan sido condenados por delitos como violencia familiar, agresiones sexuales, violencia política contra mujeres, o violencia doméstica, así como quienes tengan el estatus de deudores alimentarios morosos, no podrán asumir el cargo a pesar de haber ganado la elección.
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