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| Central de generación eléctrica de Iberdrola en El Carmen, Nuevo León, para suministro privado. Foto: Reforma

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CRE multa a Iberdrola con más de 9 mil mdp por violar contrato de autoabasto

  Por Agencia Reforma

Publicado el viernes, 27 de mayo del 2022 a las 14:28


La Comisión Reguladora de Energía determinó que Iberdrola Energía Monterrey vendió energía eléctrica a sus socios

Ciudad de México.- La Comisión Reguladora de Energía (CRE) multó a Iberdrola Energía Monterrey por 9 mil 145 millones 388 mil 400 pesos por la venta de energía a clientes que no estaban como socios originales en el permiso de autoabastecimiento.

De acuerdo con la resolución emitida por el regulador, el permisionario contravino lo establecido en el artículo 36, fracción l, inciso a de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) en la que se establece que no se deben vender energía eléctrica a terceras personas físicas o morales que no fueren socios de la misma al aprobarse el proyecto original que incluya planes de expansión.

“ Se imputó a lberdrola Energía Monterrey, titular del permiso para generar energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento las siguientes conductas, hechos e infracción: ‘Acto u omisión que se imputa: Iberdrola Energía Monterrey, en su calidad de permisionaria de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento, vende la energía eléctrica generada por la central eléctrica en contravención del artículo 36, fracción I, inciso a), segundo párrafo, numeral 4) de la LSPEE y 90, fracción I del Reglamento de la LSPEE.

“ Del periodo de 1 de enero de 2019 al 31 de agosto de 2020, que abarcan los Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) proporcionados por la Administración General de Hidrocarburos del SAT (…) se advierte que la permisionaria comercializó la energía eléctrica generada por la central vendiéndola a sus socios, en contravención de lo previsto”, expone el documento.

Iberdrola Energía Monterrey administra la central Dulces Nombres, de la cual venció su contrato de interconexión el pasado 1 de febrero y que pese a solicitar a la CRE un cambio en su permiso de autoabasto por uno de generación para continuar su operación le fue negado, por lo que se le había ordenado el paro total de sus unidades.

Pero tras la presentación de amparos por parte de Iberdrola, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones otorgó el 22 de marzo una suspensión definitiva a favor de la quejosa, con lo que se ordenó la reconexión y suministro de energía.

Las pruebas que la CRE utilizó para fundamentar la falta consisten en la presentación de facturas sobre la venta de energía emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Sin embargo, dentro de los argumentos de Iberdrola expuestos en la resolución niegan “lisa y llanamente” las conductas y los hechos del ilícito que se le imputan en la resolución, además de considerar que la Comisión no presenta evidencia válida que demuestre la comercialización de energía eléctrica.

“ “La Comisión pretende sustentar que la permisionaria llevó a cabo la venta de energía eléctrica a sus socios autoabastecidos principalmente con las facturas solicitadas y proporcionadas por el SAT. Conforme al principio general de exclusión de la prueba ilícita cualquier prueba obtenida directa o indirectamente con violación a los derechos fundamentales deberá ser considerada invalida y no puede ser tomada en cuenta para orientar y formular una acusación contra el particular; son ilícitas y se deben excluir toda evidencia obtenida en violación al secreto fiscal. Las facturas proporcionadas por el SAT constituyen una prueba ilícita al violar el secreto fiscal del cual es titular lberdrola.

“ La acusación está soportada principalmente en facturas cuyos conceptos no demuestran la presunta venta de energía eléctrica, para que se le sancione se debe acreditar más allá de cualquier duda razonable, interpretación o analogía que cometió la supuesta venta de energía eléctrica a sus socios consumidores”, argumentó Iberdrola.

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