Nacional
Por Agencia Reforma
Publicado el martes, 13 de abril del 2021 a las 17:15
Ciudad de México.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reforma legal que permitirá resolver en forma expedita y prioritaria la decisión de donación de órganos y tejidos.
Con 456 votos unánimes, diputados de todos los partidos avalaron en lo general y particular modificaciones a la Ley General de Salud para otorgar mayores atribuciones a la Secretaría de Salud en la donación y procuración de órganos, tejidos y células de seres humanos.
“ La promoción y el fomento de la cultura de la donación, así como la procuración y trasplante de órganos, tejidos y células en los términos de esta ley”, cita una nueva fracción en el artículo 313 de dicha ley.
Se agrega que deberá haber mayor colaboración con los sectores sociales y privado en la coordinación con las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
“ Establecer convenios con las autoridades que corresponda, a fin de que los trámites que involucren el proceso de donación y procuración de órganos y tejidos con fines de trasplante, sean considerados prioritarios y de resolución expedita”, cita la reforma sobre las atribuciones de la autoridad sanitaria para acelerar los procesos de donación de órganos.
Con la reforma se redefine qué es la donación, al precisar que es el acto por el que el donador, de forma voluntaria y sin mediar pago, remuneración o contraprestación alguna, consiente la disposición de su cuerpo, sus órganos, tejidos y células, en vida o después de su muerte, conforme a las disposiciones de ley y demás disposiciones jurídicas.
“ El Centro Nacional de Trasplantes establecerá los mecanismos de coordinación entre las autoridades de los otros ámbitos de Gobierno, así como los mecanismos de colaboración de los sectores social y privado que permitan alcanzar los objetivos del Programa Nacional de Donación”, establece.
En la política en materia de donación y trasplantes, agrega, se deberá proteger los datos personales de donadores y receptores, así como sus derechos humanos.
“ Además, considerar los principios de respeto a la voluntad, a la autonomía y a la dignidad humana”, se lee en la reforma aprobada.
“ La donación de órganos, tejidos y células con fines de trasplante tiene carácter solidario, voluntario, altruista, además de las garantías de confidencialidad y privacidad”.
También señala que, en caso de una posible donación de una persona fallecida, vinculado a un caso de pérdida de vida originada por la comisión de un delito, todas las autoridades involucradas y el personal sanitario deberán actuar con la debida diligencia y oportunidad que amerite el caso, para garantizar la viabilidad de la donación y evitar la pérdida de los órganos y tejidos.
Precisa además en qué consiste la pérdida de vida por paro cardiaco irreversible.
“ La muerte por paro cardiaco irreversible se determina cuando se verifica la demostración del cese irreversible de la actividad de bombeo del corazón, a pesar de la correcta aplicación de las medidas de resucitación cardiopulmonar avanzada, siempre a más de 32 grados centígrados y durante al menos 30 minutos”.
La minuta fue enviada al Senado, para su revisión y posible aprobación.
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