Coahuila

Publicado el sábado, 10 de febrero del 2024 a las 04:00
Saltillo, Coah.- Luego de que el ex novillero Vicente Salas solicitara al ayuntamiento de General Cepeda la autorización para la realización de una corrida bajo la usanza potuguesa, este ha recibido el permiso municipal siempre y cuando el Poder Judicial del Estado declare inconstitucional la prohibición de dicho acto.
Fue en días pasados que a través de la resolución del amparo 1459/2023 donde se solicitaba al municipio dar respuesta a la petición que él ayuntamiento resolvió analizar el tema.
Resultando que se encuentra a favor de la realización de la corrida de toros en la que proyecta la participación del torero Alfredo Ferriño, Alberto Galindo el Geno, Hernan Ordanza, Enrique Garza y Vicente Salas.
No obstante, y a pesar de encontrarse de acuerdo con la celebración de la usanza portuguesa, el área jurídica del municipio pidió al magistrado presidente Miguel Ángel Mery Ayup determinar en base a la Ley de Justicia Constitucional Local para el Estado de Coahuila si es posible o no que la corrida se lleve a cabo.
“ En las anteriores condiciones a nivel local a la lidia de reses bravas se le debe reconocer como bien de interés cultural coahuilense y de trascendencia económica y empresarial.
Las anteriores preocupaciones se externan dado que parte de la actividad económica en General Cepeda es pecuaria y resulta conflictiva para esta autoridad que animales cuya finalidad es su explotación y sacrificio.
Por ello se instruye a la Dirección Jurídica, se presente la consulta ante el Presidente del Tribunal Superior de Justicia para que en términos del último párrafo del articulo 70 y el diverso 69 Ley de Justicia Constitucional Local para el Estado de Coahuila sea presentada la consulta.
Una vez que el Tribunal Constitucional Local decida sea resuelta la petición de definitiva. En tanto se dicta la sentencia constitucional acorde la fracción V se suspende el trámite y resolución de la instancia administrativa”, se lee en la resolución municipal.
Lo anterior lo deberá de resolver el titular del Poder Judicial del Estado en un término de 30 días confórmeme a la Ley de Justicia Constitucional local para el Estado de Coahuila.
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