Coahuila

Publicado el jueves, 20 de agosto del 2026 a las 03:41
Saltillo, Coah.- El Gobierno del Estado declaro dos áreas del ejido Providencia, en Saltillo: la Sierra de la Catana y el Cañón de los Cedros, como Reservas Naturales Voluntarias, para preservar sus ecosistemas, respetar restricciones ecológicas y dar buen uso a sus acuíferos.
A través de dos decretos publicados en el Periódico Oficial del Estado, se estableció que el gobernador Manolo Jiménez Salinas, por medio de la Secretaría del Medio Ambiente, realizó la declaratoria de estos dos predios en el área rural de la capital del estado.
Una de esas áreas es el predio conocido como la “Sierra de la Catana”, que presenta condiciones ecológicas relevantes, por la presencia de ecosistemas naturales, cobertura vegetal nativa, procesos hidrológicos y atributos paisajísticos, que contribuyen a la conservación de la biodiversidad regional y a la conectividad ecológica del territorio.
Se indica que las representantes legales de la Inmobiliaria Valle Real, María del Carmen y María Eugenia, Villarreal Ríos, manifestaron este año a la Secretaría del Medio Ambiente, su decisión de destinar voluntariamente parte del predio propiedad particular, a un esquema de conservación ambiental, para asegurar la protección de sus recursos naturales, en un área de 547 hectáreas.
La otra zona es el “Cañón de los Cedros”, cuya propietaria, Angélica Ramos de la Fuente, también manifestó formalmente su voluntad de que dos de sus predios que abarcan 426 hectáreas, sean incluidos en un esquema de conservación ambiental.
Con esta nueva denominación, las actividades a realizar en ambas zonas serán solo las encaminadas a la preservación y reparación de ecosistemas y su biodiversidad, donde las actividades productivas, manejo de la silvicultura, ganadería ordenada, aprovechamiento de energías renovables, actividades forestales, educativas, deportivas y turismo, serán consideradas compatibles con la conservación y permitidas bajo los lineamientos que el programa establezca.
Además, las obras y actividades que pretendan realizarse dentro de estas reservas, y los proyectos de obra pública o privada, deben contar, previo a su ejecución, con autorización de impacto ambiental; y el aprovechamiento de la flora y fauna, se deberá realizar atendiendo las restricciones ecológicas de las normas oficiales mexicanas.
En el caso de los acuíferos, queda prohibido modificar las condiciones naturales de las cuencas hidrológicas, causes naturales de corriente y vasos existentes, salvo que sea requerido para la creación de obras de conservación del suelo e infiltración de agua, para la creación de sitios de abrevadero para fauna silvestre.
Y finalmente, queda terminantemente prohibido verter o descargar contaminantes en el suelo, subsuelo o en cualquier clase de corriente o depósito de agua, así como desarrollar actividades contaminantes.
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