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Desecha Corte amparo contra ley electoral

  Por El Universal

Publicado el martes, 29 de marzo del 2011 a las 17:22


Por siete votos contra cuatro, los ministros determinaron que la Corte no puede revisar en un juicio de amparo

México, DF.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el amparo que promovió un grupo de intelectuales para impugnar la reforma constitucional de 2007 en materia electoral, la cual establece, entre otras cosas, la prohibición a que los particulares contraten propaganda en radio y televisión.

Por 7 votos contra 4, la mayoría avaló la enmienda y determinó que la Corte no puede revisar en un juicio de amparo, si una reforma constitucional se apega a las reglas previstas en el artículo 135 de la propia Carta Magna. El pasado 31 de enero, la votación sobre el tema había dado lugar a un empate de 5 votos contra 5, al faltar un ministro.

Ayer, el nuevo ministro, Jorge Mario Pardo Rebolledo, se declaró a favor de que la Corte revise las reformas constitucionales, por considerar que el poder del Congreso de la Unión —el reformador de la Constitución— no es un poder ilimitado, aunque afirmó que el amparo, por su estructura actual, no es la vía idónea para hacerlo, por lo que votó por la improcedencia del recurso.

La reforma electoral de 2007 tuvo como origen la elección para la presidencia de la República de 2006, derivada de la confrontación de las fuerzas políticas en la llamada “guerra sucia” que puso a prueba la capacidad del IFE para dirimir los conflictos entre candidatos, partidos y particulares.

El 27 de agosto de 2007, luego de consultadas realizadas desde principios del mismo año, el IFE entregó al Senado 3 mil 420 propuestas de reforma. El 12 de septiembre, la Cámara alta avaló el dictamen estableciendo el uso de los tiempos oficiales para difundir la propaganda de los partidos, vetando la contratación de espacios comerciales por parte de partidos y particulares, y facultando sólo al IFE para realizar la distribución de los espacios en medios de comunicación electrónicos. El 13 de septiembre la minuta es aprobada en la Cámara de Diputados.

Es el 21 de diciembre de 2007, un grupo de intelectuales, entre escritores, politólogos y comunicadores, interpuso un amparo ante la Corte, bajo el argumento de que el artículo 41 de la ley viola la libertad de expresión.

Ayer, el amparo fue desechado sin entrar en la discusión de procedimiento legislativo ni del contenido.

Tras la decisión del ministro Pardo Rebolledo, en el sentido de rechazar la procedencia del amparo contra una reforma constitucional, el ministro ponente Guillermo Ortiz Mayagotia decidió adicionalmente modificar su proyecto de resolución.

En la sesión del 31 de enero, en la que se dio el empate de 5 votos a favor contra 5 en contra, Ortiz presentó un proyecto que proponía estudiar si el procedimiento de reforma se había ajustado al artículo 135 constitucional, pero negaba el amparo. Ese día, Ortiz Mayagoitia votó por la procedencia del amparo y, al final de la sesión de ayer, propuso confirmar el sobreseimiento dictado por la juez de distrito que conoció del caso en primera instancia.

La votación se resolvió en menos de 15 minutos, tras la intervención del ministro Pardo Rebolledo, el único integrante del alto tribunal que no se había pronunciado sobre el tema.

Pardo precisó que el juicio de amparo es un medio limitado constitucionalmente a tener efectos particulares y no generales, debido al principio de relatividad de las sentencias que rige a este medio de defensa.

Por ello, de concederse el amparo respecto del procedimiento, se otorgaría la protección a los quejosos para que no se les aplicara el régimen constitucional vigente, rigiendo sólo para ellos el artículo 41 anterior a las reformas.

“Se crearían tantos regímenes constitucionales como amparos se hayan concedido en relación con muy diversas reformas… existiría una pluralidad de constituciones vigentes, dependiendo del número de personas que acudieran al amparo”, explicó.

Nueve ministros ratificaron su votación previa, mientras Ortiz Mayagotia modificó su postura para votar por el sobreseimiento de la demanda.

En contra del proyecto y por la procedencia del juicio de amparo votaron Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar y el ministro presidente Juan Silva Meza.

A favor del proyecto y por el sobreseimiento votaron Ortiz Mayagoitia, Margarita Luna Ramos, Salvador Aguirre, Sergio Valls, Fernando Franco y Jorge Mario Pardo y Luis María Aguilar.

Fabián Aguinaco, representante legal de los quejosos, y Federico Reyes Heroles, uno de los demandantes, anunciaron que llevarán el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

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