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Despedida por colgar vídeos en TikTok bailando mientras estaba de baja por lumbalgia

  Por Grupo Zócalo

Publicado el martes, 6 de diciembre del 2022 a las 11:11


El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León avala el cese de una empleada al considerar como prueba el contenido de las redes sociales

España.- Resulta pertinente en este caso decir aquello de que las redes sociales las carga el diablo. Y si no, que se lo pregunten a una mujer que colgó en Tik Tok vídeos de ella bailando, mientras se supone que estaba de baja por lumbalgia. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha avalado como procedente su despido del trabajo al considerar como prueba concluyente el contenido que la empleada subió a internet, cuya difusión es pública. Quizás pensó que nadie en su empresa vería sus grabaciones. Error.

Los hechos se remontan al 14 de septiembre del 2021. Fue entonces cuando la empresa Semark AC Group S.A. notificó el despido a la trabajadora, con 15 años de antigüedad en la misma. La mujer acumulaba casi nueve meses de baja, que iba renovando periódicamente con partes médicos que reconocían su incapacidad temporal. Pero todo acabó el día en el que a jefa de zona informó a recursos humanos de los vídeos que la empleada estaba colgando en su perfil personal de TikTok. La respuesta fue inmediata.

“Se ha podido constatar que, desde la fecha de baja, y hasta el 10 de septiembre, Ud. ha realizado multitud de publicaciones a modo de videos con el citado perfil. En las mismos, baila, se mueve y actúa de un modo que es incompatible con la lesión diagnosticada en enero de 2021. Lo que estaba diagnosticado como un proceso corto en cuanto a su curación, se ha convertido en una exposición viral de videos, que demuestran el fraude al sistema de prestaciones, y una falta de respeto a la empresa y a sus compañeros”, reza la carta de despido que se recoge en la sentencia.

No siempre las publicaciones que se comparten en internet son aceptadas como prueba por los jueces en los casos de despido. En esta ocasión sí lo han sido. Los magistrados del alto tribunal han decidido desestimar el recurso interpuesto por la trabajadora al considerar que la decisión de la empresa está debidamente argumentada y documentada.

Fuente: El Correo

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