Nacional

Publicado el martes, 28 de octubre del 2025 a las 17:22
Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a un ciudadano al que se le negó el trámite de su pasaporte por tener un acta de nacimiento con registro extemporáneo, argumentando que la exigencia de requisitos adicionales constituye un acto de discriminación contra sectores vulnerables.
El Pleno de ministros invalidó por unanimidad el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, que establecía una serie de exigencias extra para las personas en esa situación.
La resolución se derivó de un amparo promovido por Miguel Ángel Benítez Hernández, a quien en Tijuana, Baja California, se le negó la emisión del pasaporte bajo el argumento de que su acta de nacimiento extemporánea no acreditaba fehacientemente su identidad y nacionalidad. Ante esto, se le solicitaron documentos adicionales.
Benítez Hernández argumentó que se transgredían sus derechos humanos a la identidad, nacionalidad, legalidad, seguridad jurídica, igualdad y no discriminación.
Durante la discusión, los ministros coincidieron en que el artículo invalidado impone una carga excesiva que vulnera el derecho a la identidad y es inherentemente discriminatorio.
La ministra Yasmín Esquivel, ponente del proyecto, señaló que la norma afectaba de manera particular a “personas y grupos situados en contextos rurales, o en situaciones de marginación”.
” La exigencia de documentación adicional y procesos de verificación más rigurosos para actas de nacimiento extemporáneas no sólo representa una carga desproporcionada a estos grupos, sino también ignora las realidades contextuales que limitan su capacidad para cumplir con tales requerimientos.” — Ministra Yasmín Esquivel
El ministro Irving Espinosa secundó el argumento, indicando que imponer requisitos adicionales es una “carga desproporcionada” que responsabiliza al ciudadano por un registro tardío que, en muchos casos, no dependía de él.
” Este asunto evidencia que un registro de nacimiento extemporáneo no necesariamente refleja una irregularidad, desafortunadamente lo que puede reflejar son las condiciones de desigualdad que dificultan el acceso oportuno al registro civil”, concluyó Espinosa.
Con la aprobación unánime del proyecto, la SCJN podrá solicitar la declaratoria general de inconstitucionalidad del artículo ante la Presidencia de la Corte, eliminando la necesidad de trámites engorrosos para millones de mexicanos.
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