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| La Comisión de Legislación del Congreso de Nuevo León. Foto: Kevin Recio

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En Nuevo León, aprueban en Comisión la revocación de mandato

Por Grupo Zócalo

Publicado el lunes, 27 de junio del 2022 a las 21:34


Héctor García, de Movimiento Ciudadano, detectó inconsistencias en el dictamen porque la revocación no aplicará para los diputados o los alcaldes.

Monterrey.- Con la observación de que deben hacer la modificación a la Constitución para que la revocación de mandato aplique al gobernador Samuel García, la Comisión de Legislación del Congreso de Nuevo León aprobó, por mayoría de votos la armonización del marco normativo en los temas de consulta popular y revocación de la Ley de Participación Ciudadana local.

Durante el debate, que duró 29 minutos, Héctor García, de Movimiento Ciudadano, detectó inconsistencias en el dictamen porque la revocación no aplicará para los diputados o los alcaldes y, como existe un transitorio a la reforma constitucional para que aplique en el 2025, el diputado denunció que la reforma avalada no puede aplicar al gobernador en turno.

Veo inconsistencias e incluso excesos, y se dice que los diputados y alcaldes tendrán que estar sujetos a la revocación de mandato, sin embargo, esto no sucederá, primero debió armonizarse la constitución local y que no sucede o forman parte de esta herramienta necesaria.

Creo que primero debemos modificar la Constitución. La revocación de mandato, como todo, no puede ser retroactiva (para el gobernador que entró al momento de la aprobación) y sería mentira que aplicaría para este ejecutivo, entró ya como una Ley vigente en donde le da el derecho con las reglas anteriores estar o no sujeto a la revocación”, refirió García.

Los ciudadanos, se lee en el dictamen, se encuentran facultados a modificar los poderes públicos cuando éstos dejan de estar instituidos en beneficio del electorado, pues tienen el derecho inalienable de alterar y modificar la forma de su gobierno.

Lo anterior, al dejar en desuso diversos conceptos como el plebiscito y referéndum, así como la incorporación de reglas específicas para la revocación de mandato del titular del Poder Ejecutivo local, entre otros.

Iraís Reyes y Sandra Pámanes, de Movimiento Ciudadano, denunciaron que solo pasan “Las Leyes Chale”, relacionado a las iniciativas que presenta el coordinador del PAN, Carlos de la Fuente.

A dónde vamos a parar, tenemos que leer que hay una reforma constitucional, y cuando ves iniciativas del PAN ya sabes que tienes que revisarlas. Vemos que hay diversas inconsistencias y se regula lo relacionado con la revocación de mandato y, sin embargo, no hay reforma de mandato constitucional que regule para diputados y alcaldes.

Son dos leyes especiales, seguimos utilizando una ley obsoleta, que es la de participación ciudadana. La vía correcta es que se aprueben dos leyes especiales para cada uno de los mecanismos, y cada uno amerita y no se toma en cuenta, y MC va a presentar las iniciativas”, adelantó Reyes.

Ricardo Canavati, del PRI, presentó una serie de reformas, destacando el artículo 59 de la Ley de Participación Ciudadana, dado que tenía que ver con normativas fuera de lo planteado en el 2018.

Canavati solicitó agregar un segundo transitorio que deroga las disposiciones contenidas en las leyes, reglamentos y demás ordenamientos que se opongan a la citada Ley.

El Artículo 14 detalla que la consulta popular es un instrumento de participación ciudadana que consiste en el acto por el cual la ciudadanía, a través de la emisión del voto libre, secreto, directo, personal e intransferible, ejercen su derecho Constitucional para tomar parte de las decisiones de los poderes públicos respecto de uno o varios temas de trascendencia estatal o municipal, y cuyo resultado podrá ser vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como para las autoridades competentes, de acuerdo a lo previsto por esta ley.

La consulta popular será solicitada por el gobernador, el Congreso del Estado con el equivalente al 33% de sus integrantes o los ciudadanos en un número equivalente, al menos al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores del Estado o del municipio que corresponda, mismos que deberán contar con credencial para votar vigente del municipio donde se ubique el asunto a consultar, señalando en forma precisa la naturaleza de los actos o decisiones sujetos a consulta popular que a su juicio sean trascendentes para la vida pública.

En cuanto a la modificación constitucional, los legisladores del PAN presentaron la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los primeros artículos transitorios de la reforma a la Constitución del Estado contenida en el Decreto 84 expedido por el Congreso el 17 de diciembre de 2021, el cual establece que la revocación del mandato y demás disposiciones legales entrarán en vigor a partir del 5 de octubre de 2025, es decir, serán aplicables al próximo titular del Ejecutivo del Estado.

Se perfila que en los próximos días la resuelva la Comisión de Puntos Constitucionales.

Información por Milenio

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