Seguridad

Publicado el lunes, 28 de marzo del 2022 a las 22:00
Monterrey.- El Gobierno del Estado endureció las sanciones contra quienes de manera intencional o imprudencial ocasionen incendios forestales, que van de 2 a 10 años en prisión y el equivalente de 300 a 3 mil días de multa.
Además, queda prohibido encender fogatas y el ingreso de material que pueda ser utilizado con este fin, así como el uso de vehículos todo terreno tipo RZR en zonas de veda de uso de fuego.
Mediante un comunicado, el Estado informó que se modificó el decreto que establece zonas de veda para el uso de fuego, que se publicó el pasado 9 de febrero, para incluir estas sanciones y prohibiciones.
“ Se impondrá pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa a quien ilícitamente provoque un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o al ambiente”, señala el escrito.
También señaló que quienes provoquen incendios forestales podrán ser sujetos a las sanciones establecidas en la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Nuevo León, el Código Penal para el Estado de Nuevo León o el Código Penal Federal.
Como una medida adicional, informó que se reducirá el número de visitantes a los parajes naturales conocidos como las Adjuntas, Matacanes, e Hidrofobia, o demás aledaños ubicados en Santiago.
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