Negocios
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El Economista
Publicado el viernes, 27 de marzo del 2026 a las 04:14
Ciudad de México.- Un panel del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá resolvió que en la mina Camino Rojo, propiedad de la empresa Orla Mining, existe una denegación de derechos a la libertad de asociación y negociación colectiva.
La determinación difundida este 26 de marzo de 2026 establece que la unidad minera ubicada en Mazapil, Zacatecas, intervino en las actividades sindicales para favorecer al sindicato Minas por encima de la organización Los Mineros. El informe del panel indica que la empresa facilitó la desafiliación de trabajadores mediante actos de coacción, intimidación y violencia física.
El proceso inició el 24 de junio de 2024 cuando el sindicato Los Mineros presentó una petición ante el Comité Interagencial Laboral de Monitoreo y Aplicación de Estados Unidos. Tras una revisión inicial, el Gobierno estadunidense solicitó a México revisar la situación. Aunque las autoridades mexicanas emitieron un informe con hallazgos limitados, ambos países no lograron acordar un plan de remediación, lo que derivó en la instalación del panel arbitral en diciembre de 2024.
Los panelistas realizaron verificaciones en el sitio y audiencias en la Ciudad de México durante diciembre de 2025. En sus conclusiones, señalaron que la administración de la mina no implementó medidas suficientes para frenar las amenazas y los despidos arbitrarios.
Asimismo, se plantea que la empresa debe garantizar el acceso de los representantes de Los Mineros a las instalaciones y permitir la comunicación directa con la gerencia. El mecanismo también requiere el fortalecimiento de políticas de cero tolerancia a la violencia y capacitación en materia de derechos laborales para el personal administrativo y operativo.
Afecta a soberanía
El Gobierno de México manifestó su desacuerdo con la resolución del panel laboral -bajo el T-MEC- dado que el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida ha extralimitado sus funciones y viola la soberanía nacional al intentar imponer criterios que no están escritos en el tratado original.
Esta postura se debe a que el panel pretendió analizar conductas de posible naturaleza penal y atribuir responsabilidades a actores que ni siquiera son el patrón, lo que para la STPS representa una interpretación excesiva y fuera de los alcances legales del Mecanismo.
En ese sentido, el Gobierno sostiene que estas acciones ignoran los estándares probatorios acordados y constituyen una intromisión en los asuntos internos que sólo competen a las instituciones nacionales.
México recalcó que la legitimidad del T-MEC está en riesgo si el Mecanismo Laboral se utiliza para menoscabar las decisiones de sus tribunales. Aunque el panel finalmente reconoció que no tiene facultades para anular la votación sindical.
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