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Publicado el domingo, 1 de marzo del 2015 a las 16:00
Saltillo, Coah.-Con la nueva Ley de la Familia, quienes sostengan una relación de concubinato asumen derechos y obligaciones como matrimonio; incluso, si uno de los integrantes de la pareja está casado, la otra parte podrá exigir pensión alimentaria para que no quede en indefensión.
La iniciativa, que está en análisis en el Congreso del Estado, contiene el Capítulo Decimoprimero “Del concubinato”, que en su Artículo 265 refiere que los concubinos tienen derechos y obligaciones recíprocos siempre que, sin impedimentos legales para contraer matrimonio, hayan vivido en común en forma constante y permanente por un periodo mínimo de tres años que precedan inmediatamente a la generación de derechos y obligaciones a los que alude este capítulo.
No es necesario el transcurso del periodo mencionado cuando, reunidos los demás requisitos, tengan un hijo en común.
Además, si con una misma persona se establecen varias uniones del tipo antes descrito, ninguna se reputará concubinato. Quien haya actuado de buena fe podrá demandar del otro una indemnización por daño moral.
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