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¿Multa millonaria a Ramón Ayala por cantar en Chihuahua ‘Hay que pegarle a la mujer’?

  Por José Alfredo Ramos López

Publicado el viernes, 18 de septiembre del 2026 a las 13:04


Determinarán si existe contenido que pueda considerarse misógino o que vulnere los derechos de las mujeres

Chihuahua.- La Subdirección de Gobernación Municipal de Chihuahua en conjunto con el Comité Validador analizará si la interpretación de una canción de Ramón Ayala durante los festejos del Grito de Independencia incurrió en una conducta sancionable por promover violencia contra las mujeres

La Subdirección de Gobernación Municipal de Chihuahua, en conjunto con el Comité Validador, analizará si la interpretación de una canción de Ramón Ayala durante los festejos del Grito de Independencia incurrió en una conducta sancionable por promover violencia contra las mujeres, luego de la polémica generada por la letra del tema interpretado la noche del martes en la Plaza del Ángel.

El mismo alcalde Marco Antonio Bonilla informó que será el comité correspondiente, con participación del Instituto Municipal de las Mujeres (IMM) y la Subdirección de Gobernación Municipal, el que revise el caso y determine si existe contenido que pueda considerarse misógino o que vulnere los derechos de las mujeres. Precisó que la decisión deberá basarse en el acta y en la valoración de lo ocurrido durante el espectáculo, por lo que todavía no existe una determinación sobre una eventual multa.

La controversia surgió por la interpretación del tema “Hay que pegarle a la mujer”, registrado por Ramón Ayala y sus Bravos del Norte desde 1987. La canción contiene referencias explícitas a golpear a las mujeres, aunque posteriormente incluye una frase en la que plantea que no debe hacerse con violencia física, sino “con la fuerza del cariño”.

El caso cobra relevancia debido a que el Municipio cuenta desde 2023 con disposiciones específicas para sancionar la interpretación o reproducción, en espectáculos públicos, de contenidos que promuevan la violencia contra las mujeres y propicien su denigración, discriminación, marginación o exclusión. El artículo 222 del Reglamento de Diversiones y Espectáculos Públicos establece para estos casos multas de 6 mil 500 a 12 mil veces el valor diario de la UMA.

Con el valor diario de la UMA vigente para 2026, el rango representa aproximadamente 762 mil 515 pesos a un millón 407 mil 720 pesos por presentación. El propio reglamento señala que los recursos obtenidos por este supuesto deben destinarse a apoyar las labores del Instituto Municipal de las Mujeres, incluido el refugio para mujeres, hijas e hijos víctimas de violencia extrema.

No sería la primera ocasión en que el Municipio aplica esta regulación a un espectáculo musical. En marzo de 2024, tras la presentación de Julión Álvarez y Alfredo Olivas, Gobernación Municipal informó que haría efectivo un depósito de garantía de 6 mil 500 UMA, equivalente entonces a 705 mil 705 pesos, luego de detectar canciones con apología del delito y contenidos relacionados con violencia contra las mujeres.

La presentación de Ramón Ayala formó parte de la programación del festejo estatal por el 216 aniversario de la Independencia, realizado en la Plaza del Ángel, donde el cantante cerró la jornada musical ante miles de asistentes. La cartelera había sido anunciada previamente por el Gobierno del Estado e incluyó también a Joss Favela, Narce Dalia y otros artistas.

Bonilla indicó que el análisis deberá realizarse en día hábil y que, una vez concluido el procedimiento, se dará a conocer si la interpretación constituyó una infracción y, en su caso, si corresponde imponer una sanción al promotor del espectáculo.

 

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