Piedras Negras

Publicado el lunes, 9 de marzo del 2026 a las 04:07
Piedras Negras, Coahuila.- En apego al artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y la Ley Reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional, las empresas y dependencias están obligadas a cumplir con la licencia de paternidad.
Lo anterior, de acuerdo a lo que establece la Norma Mexicana en Igualdad Laboral y No Discriminación, a través de la que se protege el derecho laboral a favor de los hombres.
La finalidad es visibilizar el derecho laboral y promover la corresponsabilidad en los cuidados de los hijos, como una forma de fortalecer los vínculos familiares y contribuir al desarrollo integral de las niñas y niños.
Cabe mencionar, que la licencia comprende una duración de cinco días laborales con goce de sueldo, por nacimiento o adopción.
Lo anterior, también está fundamentado en el manual de percepciones de las y los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración pública federal y el artículo 362 de las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la administración pública federal.
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