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Publicado el miércoles, 21 de diciembre del 2016 a las 10:02
Saltillo, Coahuila.- Por unanimidad, los diputados aprobaron reformas al Código Civil y a la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales, con sanciones de naturaleza administrativa y civil a los propietarios, que deberán contratar seguros de responsabilidad civil y presentar examen psicológico y, en su caso, pagar por daños causados.
De igual manera, señala requisitos mínimos para otorgar licencias sobre la posesión de animales potencialmente peligrosos, a través de una iniciativa de reforma de ley propuesta por el PRI.
En días pasados, un niño de 3 años sufrió el ataque de un perro propiedad de una vecina, animal que le destrozó la tráquea y provocó su muerte días después.
“En el contexto internacional, varios países han fijado restricciones a la tenencia de animales potencialmente peligrosos, como Francia, Inglaterra, Italia, Holanda, Venezuela, España, Colombia y Guatemala.
“Por lo que hace a nuestro país, el estado de Baja California, la Ciudad de México, Coahuila y otras entidades tienen disposiciones normativas tendientes a regular la tenencia de este tipo de animales”, explicó el diputado Francisco Tobías Hernández.
Se establece como requisitos que para poseer un animal potencialmente peligroso y contar con la licencia respectiva, el interesado debe ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.
Tampoco haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones o tortura contra la libertad o contra la integridad física, la libertad sexual y la salud pública, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Otros requisitos son contar con certificado de aptitud psicológica otorgado por una institución pública y acreditar haber contratado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, por la cuantía mínima que determine el reglamento en la materia.
De igual manera, presentar un diagnóstico anual que acredite la situación sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso, y se prohíbe el adiestramiento dirigido a acrecentar y reforzar su agresividad, exceptuando a los perros y animales de las Fuerzas Armadas y cuerpos de seguridad.
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