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| Se establece que la deducción se ofrece durante el periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2023. Crédito: Óscar Mireles

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Ofrece Gobierno deducciones al 100% a afectados por ‘Otis’

  Por Agencia Reforma

Publicado el lunes, 30 de octubre del 2023 a las 22:35


Gobierno anuncia estímulos fiscales, como deducciones de 100%, para contribuyentes con domicilio fiscal en zonas afectadas por "Otis"

Acapulco.- El Gobierno anunció una serie de estímulos fiscales, incluidas deducciones inmediatas y del 100 por ciento por compra de bienes destinados a reconstrucción o rehabilitación, para contribuyentes con domicilio fiscal en las zonas afectadas por el huracán “Otis”.

Se establece que la deducción se ofrece durante el periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2023, se lee en el decreto publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) y que entra en vigor desde hoy.

Se aplicará la tasa del 100 por ciento sobre el monto original de la inversión, siempre que dichos activos fijos se utilicen exclusiva y permanentemente en las mencionadas zonas y sean destinados para reposición, reconstrucción o rehabilitación, precisa.

La Secretaría de Hacienda explica que la presencia del huracán “Otis” provocó daños materiales en diversas zonas, afectando la economía, la planta productiva y poniendo en riesgo la preservación de las fuentes de empleo.

Ante ello, es obligación del Gobierno contribuir a la restauración de los daños, así como a la normalización de la actividad económica en el menor tiempo posible, por lo que se establecen dichos incentivos, apunta.

La deducción inmediata por compra de bienes no será aplicable cuando se trate de automóviles, equipo de blindaje de automóviles o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones dedicados a la aerofumigación agrícola.

Otro de los estímulos consiste en que los contribuyentes que efectúen pagos por ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, excepto los asimilados a salarios, podrán enterar las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de sus trabajadores, correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, en tres parcialidades iguales.

También podrán enterar en tres parcialidades iguales el pago definitivo de los Impuestos al Valor Agregado (IVA) y Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), a su cargo correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023.

A las personas físicas se les difiere la obligación de presentar las declaraciones correspondientes al quinto y sexto bimestre del ejercicio fiscal de 2023, mismas que deberán presentarse a más tardar en febrero de 2024, siempre que los ingresos correspondan a su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento, que se encuentre ubicado en dichas zonas afectadas, se lee en el documento.

En tanto que a las personas físicas que tengan su casa habitación en las zonas afectadas no se les considerarán como ingresos acumulables para efectos de pago de ISR, los ingresos por apoyos económicos o monetarios que reciban de personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de dicho impuesto, siempre que se destinen para la reconstrucción o rehabilitación de su casa habitación.

Las solicitudes de devolución del IVA presentadas hasta el mes de diciembre de 2023 por los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas y correspondientes a saldos a favor generados con antelación al mes citado, se tramitarán en la mitad del plazo que suele ser de 40 días hábiles.

La Secretaría de Hacienda aclara en el decreto que estos incentivos no son aplicables a las dependencias, entidades y demás instituciones de la Federación y del estado de Guerrero y sus municipios.

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