Cd. De México
Por
Grupo Zócalo
Publicado el sábado, 24 de abril del 2021 a las 21:48
Ciudad de México.- El Banco de Perfiles Genéticos de la Ciudad de México, también Banco de ADN, entró en funciones este mes, a poco más un año de que el Congreso capitalino aprobó su creación, en diciembre del 2019, tras ser propuesto por la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, como parte de las acciones para combatir la violencia contra las mujeres.
El proyecto tuvo una inversión de 90 millones de pesos y en su primera etapa tendrá capacidad para nueve mil registros. Te contamos cuál es su objetivo, quiénes serán sus titulares, qué tipo de muestras almacenará y quiénes deben estar en el registro.
De acuerdo con la ley emitida por el Congreso de la Ciudad de México el banco tiene como objetivo agilizar la identificación de los agresores y esclarecer delitos como:
El Banco de ADN operará bajo la coordinación interinstitucional de las siguientes dependencias:
Las dependencias deberán elaborar y aprobar los lineamientos para el funcionamiento, organización y supervisión del Banco de ADN, con perspectiva de género y enfoque de gestión de calidad.
Mientras que el titular también deberá supervisar la aplicación de los protocolos, realizar y promover estudios e investigaciones relativas a su objeto, así como proponer colaboraciones con instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras.
El Banco de ADN almacenará la información genética asociada a una muestra o evidencia biológica que hubiere sido obtenida en:
De acuerdo con el artículo 29 de la Ley del Banco de ADN, cada registro ingresado tendrá un identificador único e irrepetible, generado de forma automática con el nombre encriptado de la persona identificada.
Esto, para garantizar que los datos resguardados sean confidenciales y se impida cualquier daño, pérdida, alteración, destrucción o para impedir el uso, acceso o tratamiento no autorizado de los mismos.
Por ello, únicamente se podrá acceder a los registros por medio de un mandato judicial, previa solicitud del Ministerio Público, además de que los perfiles genéticos deberán ser tratados en términos de lo previsto la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
Serán sujetos de responsabilidades administrativas, civiles o penales, las personas servidoras públicas que:
Con información de Milenio.
Notas Relacionadas
Más sobre esta sección Más en ZocaloApp-home2