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Plantean en TEPJF nueva sentencia contra ‘Cuau’

  Por Agencia Reforma

Publicado el sábado, 19 de abril del 2025 a las 15:37


La Sala Especializada deberá emitir su sentencia conforme al Procedimiento Especial Sancionador

Ciudad de México.- De acuerdo con el proyecto de resolución, la Sala Especializada deberá emitir su sentencia conforme al Procedimiento Especial Sancionador (PES) que ya fue elaborado por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE).

“Se revoca la sentencia impugnada y se ordena a la Sala Especializada que, a la brevedad, dicte la sentencia que en Derecho corresponda, dado que el PES ya se encuentra sustanciado”, indica el proyecto hecho público este sábado.

El 14 de junio de 2023, Juanita Guerra Mena, entonces diputada federal de Morena por el Tercer Distrito en Morelos, presentó una denuncia por violencia política de género en contra de Blanco y otros funcionarios estatales, debido a que omitieron convocarla a participar en las reuniones de organización del desfile cívico conmemorativo del “Rompimiento del sitio de Cuautla, Morelos” y le impidieron instalar un templete para doscientas personas.

La ex legisladora presentó su denuncia ante la Unidad Técnica del INE, que en primera instancia se declaró incompetente y remitió la queja al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana que, tras sustanciarla, la envió al Tribunal Electoral del Estado de Morelos, el cual determinó que no se había cometido ninguna infracción.

Inconforme con esa resolución, Guerra Mena impugnó ante la Sala Superior, que resolvió que la Unidad Técnica del INE y la Sala Especializada eran las competentes para conocer de la denuncia.

La Unidad Técnica sustanció el recurso y lo remitió a la Sala Especializada, la cual determinó que la facultad sancionadora había prescrito al haber transcurrido más de un año.

De nueva cuenta, Guerra Mena se inconformó y, tras analizar el caso, Rodríguez Mondragón consideró que la Sala Especializada computó mal el periodo de vigencia de su facultad sancionadora por lo que está obligada a resolver el asunto.

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