Monclova
Por
Alexis Massieu
Publicado el martes, 13 de abril del 2021 a las 04:00
Monclova, Coah.- El día de hoy se reanudará la audiencia inicial en los juzgados penales por el caso de la muerte violenta de Norma Alicia Martínez Hernández, en la cual se espera se vincule a juicio por feminicidio a José María “N”, alias “El Chema”, que pese a que por ley se quedaría en prisión, existe la posibilidad de que siga su juicio en libertad.
Sobre la reanudación de la audiencia inicial, tras pedir la defensa del imputado la duplicidad del término constitucional para ofrecer pruebas, habló el doctor en derecho César García Diosdado.
El litigante señaló que para considerar que se trata de un feminicidio, las autoridades tomarán en cuenta varias cosas que el Código Penal del Estado marca como requisito en el artículo 188.
De las condiciones necesarias para que se dé el feminicidio, basta con que se actualice cualquiera de ellas, y son entre otras, que la víctima presente signos de violencia de cualquier tipo, o que se le hayan infringido lesiones o mutilaciones degradantes, antes o después de la muerte; que exista discriminación por su género, o que exista una relación sentimental afectiva o de confianza.
En opinión del jurista y pese a no tener acceso ni formar parte de la carpeta de investigación; con base a la información que ya es del dominio público, si se da uno o más elementos para que se vincule al imputado por el delito de feminicidio, que tiene una penalidad mayor a la del homicidio y va de 40 a 60 años de cárcel.
PROBLEMAS LEGALES
Pese a que en fechas recientes y conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se modificó el Código Federal de Procedimientos Penales, señalando que para el feminicidio, se aplicará la prisión preventiva de forma oficiosa, existe la posibilidad de que “El Chema” pueda quedar libre durante el tiempo que dure el juicio en su contra.
Lo anterior, lo explicó el abogado César García Diosdado, indicando que se debe a que en el año 2017 se promovió una acción de inconstitucionalidad relativa al artículo 13 del Código Penal del Estado, en el que se contempla la prisión preventiva de oficio para el feminicidio.
Como resultado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación decretó que no es aplicable ese artículo en particular para el caso de los feminicidas y por eso los jueces deben ser muy cuidadosos y aplicar solamente los establecido en el artículo 19 constitucional.
El jurista señaló que por cuestiones técnicas legales es que existe la posibilidad de que José María “N”, presunto feminicida en lugar de prisión preventiva, reciba por medida cautelar alguna otra como el brazalete electrónico.
Notas Relacionadas
Más sobre esta sección Más en Monclova