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| El TEPJF ordenó imponer sanciones tanto al director de Comunicación Social del gobierno capitalino, César Iván Escalante Ruiz, como a 14 concesionarios de radio y televisión Foto: Especial

Cd. De México

Por negligencia, Sheinbaum violó veda electoral de Hidalgo: TEPJF

  Por Grupo Zócalo

Publicado el jueves, 17 de junio del 2021 a las 23:22


El director de Comunicación Social de CDMX no dio seguimiento a la campaña de difusión de promocionales, negligencia que le costó caro a Sheinbaum

Ciudad de México.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad, que el mensaje por el Segundo Informe de Gobierno de Claudia Sheinbaum, el 17 de septiembre de 2020, violó la ley electoral por extraterritorialidad.

Por ello, ordenó imponer sanciones tanto al director de Comunicación Social del gobierno capitalino, César Iván Escalante Ruiz, como a 14 concesionarios de radio y televisión que difundieron el mensaje de la mandataria local.

La y los magistrados estimaron que con dicho informe se vulneraron las normas de presentación del informe de labores de las y los servidores públicos, y se incurrió en la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Se trata de tres promocionales, en sus versiones de radio y televisión, que se difundieron a través de las señales de medios de comunicación con cobertura en el estado de Hidalgo, entidad que entonces estaba en proceso electoral en etapa de campaña.

El pleno de la Sala Especializada advirtió la responsabilidad por parte de Escalante Ruiz, responsable y encargado de haber emitido y remitido las respectivas órdenes de transmisión durante el periodo electoral.

Indicó que el funcionario no dio seguimiento a la campaña de difusión de los promocionales denunciados ni verificó que aquellas personas morales con las que celebró contratos, cuya cobertura abarcaba el estado de Hidalgo, no incurrieran en falta electoral.

En consecuencia, dada la responsabilidad del mencionado servidor público, se determinó dar vista a la jefa de Gobierno, como superior jerárquico, así como al Órgano Interno de Control de la Ciudad de México para la imposición de la sanción correspondiente.

Además, se dio vista al Órgano Interno de Control y a la Defensoría de los Derechos de la Infancia de la Ciudad de México por la posible vulneración al interés superior de la niñez, derivado del empleo de la imagen de niñas y niños en uno de los promocionales referidos.

Finalmente, por las mismas infracciones se sancionó con multas a 13 concesionarias de radio y televisión que difundieron los spots en Hidalgo mediante 20 emisoras, así como a una concesionaria de televisión por el incumplimiento de las medidas cautelares dictadas por el INE.

 

Con información de El Financiero.

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