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¿Por qué absolvieron al ‘Güero’ Palma?

  Por Agencia Reforma

Publicado el lunes, 3 de mayo del 2021 a las 22:23


Héctor Palma, conocido como 'El Güero' Palma, fue absuelto de delincuencia organizada por inconsistencias en declaraciones que lo inculpan.

Ciudad de México.- Héctor Palma Salazar “El Güero Palma” fue absuelto de delincuencia organizada porque las declaraciones que lo inculpan no fueron recabadas dentro de la averiguación previa del caso ni ratificadas por los testigos en el proceso penal en su contra.

De hecho, se trata de un asunto por el que el narcotraficante fue absuelto el 25 de junio de 2003 por el Tercer Tribunal Unitario Penal de Jalisco, pero la FGR volvió a consignar en 2016, cuando fue deportado por Estados Unidos.

De acuerdo con la sentencia absolutoria, la Fiscalía sólo recopiló sentencias y declaraciones de testigos protegidos rendidas en otras indagatorias, para acreditar la existencia del Cártel de Sinaloa, pero esos dichos no fueron diligenciados ni en la indagatoria ni en el proceso.

“ Son insuficientes para acreditar el resto de los elementos del delito de delincuencia organizada en estudio, pues se trata de la copia certificada de declaraciones recabadas en una averiguación previa diversa a la que dio origen a la presente causa, por lo que no puede valorarse como prueba testimonial, aunado a que no ratificaron sus imputaciones ante sede judicial a fin de ser controvertidos por la defensa, violentando los derechos fundamentales del activo”, resolvió Víctor Francisco Chávez Romero, secretario del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales de Jalisco.

“ Se advierte que son manifestaciones genéricas, sin precisar circunstancias de tiempo, modo o lugar de conductas relacionadas con el delito de delincuencia organizada en estudio”.

La FGR presentó como pruebas sentencias que se remontan a causas penales de 1986 contra Palma y sus lugartenientes por delitos cometidos en Baja California, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Colima, Jalisco y la Ciudad de México.

Aunque la mayor parte de los hechos directamente relacionados al capo son de 1989 al 2001, año en que se fuga del Penal de Occidente, Jalisco, el líder del Cártel de Sinaloa, Joaquín “El Chapo” Guzmán, compadre de Palma y quien también estaba preso en dicho centro penitenciario.

Entre los hechos, desfilan la tortura y ejecución de tres sujetos en Nextipac, Jalisco; la balacera en la discoteca Christine, de Puerto Vallarta, el 8 de noviembre de 1992, y la introducción de droga al Penal de Occidente, un caso donde también fue acusado el traficante Arturo Martínez “El Texas”.

Para la autoridad judicial, este planteamiento legal es insuficiente para acreditar una conducta reiterada y continuada de tres o más personas, características de la delincuencia organizada.

Al mismo tiempo, estimó que la FGR no tomó en consideración que buena parte de esos hechos ya eran cosa juzgada.

“ No se tomó en consideración que los hechos anteriores a su detención fueron materia de enjuiciamiento penal y emisión de una sentencia judicial y, posterior a ello, los datos aportados por el órgano acusador no fueron eficientes y suficientes para acreditar esa vinculación de manera permanente y continua al conglomerado criminal preexistente”, dice el fallo.

“ Por ende, las pruebas aportadas por el fiscal de la Federación investigador no lograron acreditar la existencia del elemento constitutivo del delito analizado, pues le correspondía la carga probatoria de acreditar los hechos ilícitos que atribuye al activo del delito”.

El pasado sábado la sentencia absolutoria fue notificada y esta mañana el Gobierno federal informó que había ampliado a 48 horas el plazo de retención del narcotraficante para verificar si tenía alguna otra acusación penal pendiente.

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