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Prohiben venta de energizantes mezclados con alcohol

  Por Notimex

Publicado el miércoles, 8 de febrero del 2012 a las 03:03


El Senado de la República aprobó por unanimidad reformas que prohíben a los establecimientos mercantiles la venta de bebidas

México.- El Senado de la República aprobó por unanimidad reformas que prohíben a los establecimientos mercantiles la venta de bebidas adicionadas con cafeína y mezcladas con alcohol.

Además, no se podrá vender o suministrar bebidas adicionadas con cafeína a menores de edad, y los locales que violen la normatividad se harán acreedores a una multa de seis mil a 12 mil veces el salario mínimo vigente.

De igual manera, “la etiqueta, el empaque, la publicidad y cualquier otro material con el que se promuevan y comercialicen las bebidas adicionadas con cafeína deberán cumplir con las disposiciones jurídicas” que omita la Secretaría de Salud.

Las reformas definen como “bebidas adicionadas con cafeína” a aquellas “elaboradas por la disolución en agua para consumo humano, de ingredientes opcionales, con un contenido de cafeína mayor a 15 mg y hasta 33 mg de cafeína por 100 ml de producto.

Al hablar a favor del dictamen, el presidente de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, Guillermo Tamborrel, indicó que se busca acabar con la venta de las llamadas bebidas energizantes o energéticas mezcladas con alcohol, principalmente en los denominados antros.

“La mezcla de estas bebidas con las alcohólicas puede ser perjudicial para la salud e incluso mortal, pues por una parte el alcohol es un depresivo y provoca la inhibición neuronal; y en contraposición, la cafeína es un estimulante del sistema nervioso central”, agregó.

La cafeína “ocasiona niveles elevados de excitación a nivel celular y neuronal, y su ingesta combinada provoca efectos nocivos en el organismo como arritmias cardiacas y deshidratación, ocultando los efectos del alcohol”, añadió.

A su vez, el senador del PRD, Armando Contreras, propuso establecer que serán consideradas bebidas adicionadas con cafeína las que contengan un contenido de cafeína mayor a 15 miligramos y hasta 33 miligramos, en lugar de un mínimo de 20 miligramos, como venía en la minuta.

La propuesta de modificación al dictamen fue avalada con 75 votos a favor, con lo que las reformas a la Ley General de Salud fueron devueltas a la Cámara de Diputados

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