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Grupo Zócalo
Publicado el lunes, 1 de agosto del 2022 a las 09:52
España.- El Gobierno obligará a realizar un curso formativo previo para ser propietario de perros. Así se recoge en el anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, dado a conocer este miércoles por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
En el texto se establece por vez primera un marco legal a nivel nacional -frente a las diversas legislaciones autonómicas sobre esta materia- con el objetivo de fomentar la protección animal y prevenir “el alto grado de abandono de animales” en España.
Así, se promueve una normativa con la que garantizar la “responsabilidad” que debe llevar “aparejada” la tenencia de animales. Con ello se “blinda”, a ojos de la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, “la mejor característica humana”, que es “no ser indiferentes al dolor ajeno”. Esta semana, el Congreso aprobó también denegar la custodia compartida de los hijos al padre que maltrate la mascota como forma de coacción.
De este modo, se especifica que, para ser propietario de un perro será necesario “haber superado un curso formativo al efecto, con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal, muchas veces condicionada por la ausencia de conocimientos por parte de la persona propietaria en el manejo, cuidado y tenencia de animales“. También se establece que los dueños, propietarios o responsables de canes “deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil”.
Sólo se podrá vender peces
No es la única novedad que supone la existencia de un marco común sobre protección de animales. La nueva norma prohíbe el sacrificio de animales, salvo “casos de enfermedad o heridas incurables”, o bien “por motivos de sanidad animal, de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública o medioambientales debidamente motivados normativa o científicamente”.
En su intención por garantizar la responsabilidad de los propietarios de los animales de compañía, el Ministerio de Derechos Sociales prohíbe “dejarlos sin supervisión” durante tres días consecutivos. En el caso específico de los perros, “este plazo no podrá ser superior a 24 horas consecutivas”.
En esta línea, queda prohibido, entre otros puntos, la cría no autorizada de cualquier especie de animal de compañía, además de la utilización como reclamo publicitario, “excepto para el ejercicio de actividades relacionadas con los mismos”.
Además, queda prohibida “la comercialización de animales en las tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales, excluidos los peces”.
Asimismo, queda prohibida la tenencia de animales de especies protegidas por normas internacionales de aplicación en España, así como la tenencia de animales silvestres en domicilios particulares.
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