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Rechaza FGR regresar casa a Lozoya; apelará orden de jueza

  Por Agencia Reforma

Publicado el domingo, 26 de noviembre del 2023 a las 18:30


La FGR no ha regresado vivienda de 38 mdp a Emilio Lozoya, ex titular de Pemex, al estar en desacuerdo con orden de jueza, la cual apelará

Ciudad de México.- La Fiscalía General de la República (FGR) informó que todavía mantiene asegurada la residencia de 38 millones de pesos de Emilio Lozoya, ex director de Pemex preso en el Reclusorio Norte, porque está en desacuerdo con la decisión de una jueza federal de regresarla, la cual será apelada.

La institución ministerial consideró inaceptable que Ana Lilia Osorno Arroyo, Jueza Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, resolviera que la demanda de la FGR era improcedente porque la Ley Nacional de Extinción de Dominio de 2019 no era aplicable en este caso.

“ El inmueble que Emilio ‘L’ adquirió ilegalmente con fondos provenientes de lavado de dinero sigue asegurado y no será devuelto, ya que el criterio expresado por la Jueza Federal Osorno Arroyo es inaceptable, al negar la aplicación obligatoria de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y alegar una retroactividad que es contraria a la misma”, expuso la FGR.

La FGR argumentó estar en contra del criterio de retroactividad utilizado por la jueza, luego que ésta señaló que Lozoya adquirió su casa en 2012 y el delito de lavado de dinero, bajo el que la FGR entabló la demanda, no estaba previsto en la Constitución como uno de los ilícitos para reclamar un bien a través de la Extinción de Dominio.

En 2019, la Corte estableció en una acción de inconstitucionalidad que la Ley Nacional de Extinción de Dominio sólo puede ser aplicada para hechos previos a ese año, únicamente en delitos de delincuencia organizada, enriquecimiento ilícito, robo de vehículos, contra la salud y trata de personas, pero no lavado de dinero.

Sin embargo, este domingo en un comunicado la FGR respondió que sí hay validez jurídica en su demanda.

“ Es necesario recalcar que la propia Ley Nacional de Extinción de Dominio establece, con toda contundencia, que ningún acto jurídico sobre bienes afectos a extinción de dominio puede ser legitimado, y que son legales y válidos los procedimientos de extinción que se hayan iniciado a partir de la entrada en vigor de la misma, con independencia de que el hecho ilícito haya sucedido con anterioridad (Artículo 12 y 6º Transitorio)”, se expuso.

“ El recurso de apelación correspondiente se está presentando dentro del plazo legal; y se informará, en su momento, sobre los alegatos que la FGR expondrá al respecto. Independientemente de lo anterior, dicho inmueble también se encuentra legítimamente asegurado en otro procedimiento penal diferente a éste, por delitos de asociación delictuosa y operaciones con recursos de procedencia ilícita”.

El pasado 23 de noviembre, en una resolución pública, se reportó que la jueza expuso como improcedente la demanda y ordenó que el inmueble ubicado en Conjunto Residencial La Retama, en la calle Ladera en Lomas de Bezares, fuera devuelto.

Esa propiedad estaba asegurada en el proceso del Caso Agronitrogenados, en donde a Lozoya se le imputaba un supuesto lavado de 3.5 millones de pesos, pero en este año quedó sin efecto.

Existe otra demanda de extinción de dominio que promovió la FGR para apropiarse de la residencia de Ixtapa Zihuatanejo, comprada en 2013 por Marielle Helene Eckes, esposa de Lozoya y evadida de la justicia por lavado.

La defensa de Lozoya ha planteado en ese asunto el mismo argumento, que el lavado de dinero no estaba previsto en la Carta Magna para demandar la extinción de la propiedad.

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