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| En el caso se detalla que Fátima fue agredida y asesinada por dos hombres y un adolescente, quienes abandonaron su cuerpo en un canal.

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Reconoce Corte a padres como víctimas indirectas de feminicidio

  Por Lorena Farías

Publicado el miércoles, 14 de mayo del 2025 a las 19:54


Suprema Corte ordena reparación integral para los padres de Fátima, niña asesinada en 2015. El fallo sienta precedente a nivel nacional.

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este miércoles que los familiares de víctimas de feminicidio deben ser reconocidos como víctimas indirectas, con pleno derecho a una reparación del daño.

Al analizar el caso de Fátima Varinia Quintana Gutiérrez, una niña de 12 años asesinada en Lerma, Estado de México, en 2015, los ministros de la Primera Sala concluyeron que su madre, Lorena Gutiérrez Rangel, y su padre, Jesús Quintana Vega, deben ser considerados formalmente como víctimas indirectas, tras años de lucha jurídica.

La resolución, basada en el amparo directo en revisión 5363/2023, fue aprobada por unanimidad con la propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat. En ella se ordena a un tribunal colegiado reemitir sentencia sin limitaciones legales estrictas, para garantizar una reparación integral que incluya satisfacción, dignificación de la víctima y garantías de no repetición.

En el caso se detalla que Fátima fue agredida y asesinada por dos hombres y un adolescente, quienes abandonaron su cuerpo en un canal. Inicialmente solo uno fue condenado por feminicidio agravado, pero tras la impugnación de los padres, se repuso el proceso y ambos adultos recibieron pena vitalicia. El menor fue liberado por su edad.

Aunque los padres promovieron un nuevo amparo por no ser reconocidos como víctimas indirectas, este fue rechazado. No obstante, la Corte corrigió el rumbo, enfatizando que dicho reconocimiento no debe depender de formalismos, sino del lazo afectivo y directo con la víctima.

Además, el fallo responsabiliza al Estado mexicano, señalando que incumplió su deber de prevenir el delito, por lo cual debe ser condenado solidariamente.

El tribunal correspondiente deberá ahora identificar y notificar a las autoridades del Estado de México responsables de cumplir con esta reparación, sin admitir como argumento que carecen de atribuciones para hacerlo.

Este criterio marca un precedente jurídico en México, donde según cifras oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), se han registrado más de 8 mil feminicidios desde 2015. En lo que va de 2025, se han documentado 162 casos, 18 de ellos en el Estado de México, que lidera los registros a nivel nacional

 

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