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Publicado el jueves, 24 de febrero del 2022 a las 04:10
Piedras Negras, Coah.- A partir de la entrada en vigor de la disposición que exige el complemento de carta porte al sector de autotransporte, para efecto de emitir facturas electrónicas, el Servicio de Administración Tributaria recordó a las personas obligadas la importancia de actualizar la versión 2.0.
La medida, de acuerdo a Gustavo Moreno, administrador desconcentrado de servicios al contribuyente, está orientada a los prestadores de servicio de autotransporte de bienes o mercancías, que incluya puntos intermedios y destinos, terrestres o por otras vías.
La herramienta permite guardar toda la información y se aplica para el traslado de más de 30 kilómetros, en vehículos propios o rentados o que requieran servicio de traslado.
“ Se debe emitir la factura con complemento carta porte para la emisión de factura electrónica, cuando se tenga negocio de carga general o mudanzas, o fletes, servicio de grúas de arrastre, salvamento y depósito vehicular”.
También se incluye el traslado de fondos y valores, residuos peligrosos, transporte terrestre o foráneo, finalmente el servicio de logística e intermediarios.
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