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Agencias
Publicado el jueves, 17 de noviembre del 2016 a las 10:05
Ciudad de México.- El 28 de octubre el juez quincuagésimo séptimo de lo Civil, Odilón Centeno Rendón, dictó sentencia en contra de la periodista Carmen Aristegui, a quien acusó de “excederse en su libertad de expresión y de información causando un daño a los derechos de personalidad, honor y prestigio” del presidente del Grupo MVS, Joaquín Vargas Guajardo, en el prólogo del libro La Casa Blanca de Peña Nieto.
La sentencia concluyó que Aristegui causó “un daño en el patrimonio moral” de Joaquín Vargas y condenó a la exdirectora de la Primera Emisión de MVS Noticias a publicar y divulgar “un extracto del presente fallo” en “todas y cada una de las ediciones y publicaciones subsecuentes” del libro editado por Penguin Random House.
A esto, los especialistas Alfredo Figueroa, exconsejero electoral, y Leopoldo Maldonado, de la organización Artículo 19, consideran que esta sentencia configura una “violencia institucional” no sólo contra Aristegui, sino contra todo aquel periodista o persona civil que critique a políticos o personajes con proyección pública, como es el caso del propio Joaquín Vargas, además de que el juez capitalino va en contra de los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en materia de “daño moral”, “real malicia” y “derecho a la intimidad”, confundiendo deliberadamente los términos.
VERDADES QUE DOLIERON
Entre los argumentos que el juez Centeno dio como válidos para considerar que Aristegui dañaba el patrimonio moral de Vargas, relató que la periodista opinó que el presidente de MVS aceptó “el papel de instrumento para asestar una puñalada por cobardía”, que se “derrumbó moralmente”, que “sucumbió a presiones del poder” y que a cambio del despido de ella y de su equipo de MVS obtuvo fallos favorables en el litigio que tenía con Televisa por el tema del must carry y del must offer, y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes relativos a sus concesiones en la banda de 2.5 Ghz.
“Es insoslayable el hecho de que el 17 y 18 de septiembre de 2015, MVS obtuvo de forma expedita por parte de un tribunal federal dos fallos favorables en asuntos que estuvieron largamente en litigio: el must carry-must offer (que obliga a Televisa a permitir la retransmisión gratuita de su señal por otras empresas), así como la concesión de una prórroga al uso de 2.5 Ghz”.
En ese párrafo, Aristegui recuerda la conferencia de prensa del 15 de agosto de 2012, cuando el propio Vargas denunció y documentó las presiones que recibió en 2011 del entonces presidente de la República, Felipe Calderón, del secretario del Trabajo, Javier Lozano, y de la vocera de Los Pinos, Alejandra Sota, para que no recontratara a Carmen Aristegui a cambio de que refrendaran las concesiones de la banda 2.5 Ghz.
EL DESPLEGADO
Aun cuando la sentencia del juez Centeno no es definitiva y puede ser apelable por Aristegui y Random House, así como sujeta al juicio de amparo ante la SCJN, el lunes 7 de noviembre el presidente de MVS pagó en varios medios impresos nacionales un desplegado que tituló: Aristegui Mintió.
Vargas escaló desde junio de este año su conflicto con Aristegui y con Penguin Random House al demandar a la periodista por presunto daño moral y le exigió al grupo editor la desaparición del prólogo de 43 páginas del libro La Casa Blanca de Peña Nieto.
Aristegui y la editorial fueron notificadas de la demanda por daño moral el 29 de mayo, pero esta se conoció públicamente el 21 de julio, cuatro días después de que el presidente Enrique Peña Nieto pidiera “perdón, con toda humildad”, admitiendo que “en noviembre de 2014 la información difundida sobre la llamada Casa Blanca causó gran indignación”.
Después que la oficina de comunicación de MVS difundió el lunes 7 de noviembre el contenido de la sentencia del juez Centeno, tanto el equipo jurídico de Aristegui como el de la editorial tuvieron encuentros para definir una estrategia conjunta.
‘…INDIGNANTE’
Tras realizar un exhaustivo análisis de la sentencia y de sus contradicciones, el exconsejero del Instituto Federal Electoral y especialista en temas de derecho a la información, Alfredo Figueroa, aseguró que el documento de “su señoría” contiene “aspectos que deben ser calificados como vergonzosos e indignantes, no sólo porque es contraria a la libertad de expresión y desapegada a los precedentes fijados por la Suprema Corte, sino porque procede de la admisión de elementos de prueba inexplicables y absurdos”.
Subraya que “la sentencia dista de cumplir con los estándares requeridos para acreditar el daño al honor o a la vida privada, que nacional e internacionalmente se han construido y consensuado”, además de que “al final se establecen contradicciones que impiden arribar a las conclusiones que inexplicablemente el juez ofrece”.
Para el abogado, la sentencia establece un falso conflicto entre la libertad de expresión y el derecho a la información contra el derecho a la intimidad. “Esto es una tontería. No se puede confundir el derecho al honor con el derecho a la intimidad como lo hace el juez”.
Un segundo aspecto, explica Figueroa, es que en el prólogo Aristegui no daña el honor sino que, al contrario, indica, “hace un amplio reconocimiento al prestigio que antes de su despido tenía la familia Vargas. Ella se pregunta: ¿por qué un personaje que enfrentó al poder antes toma una decisión así?
“No hay un solo párrafo en el prólogo que dañe el derecho a la intimidad de Joaquín Vargas. En todo caso, es contra el honor, pero no contra la intimidad, y el juez ahí confunde los términos”, aseguró.
Figueroa afirma también que van más allá del personaje público que es Aristegui, “toda esta sentencia es una caricatura de interpretación sobre la real malicia. El juez distorsiona el concepto y es riesgoso porque, si se aplica, entonces nadie podría publicar su opinión en un prólogo y esto va en contra del derecho al desacuerdo.
“Lo que estamos defendiendo es el derecho que todos tenemos a opinar sobre algo que es de interés público, como es el caso del despido de Carmen Aristegui, vinculado al escándalo de la ‘casa blanca’”. (Con información de Proceso)
LM
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