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SCJN respalda reforma de 2014 que obliga a empresas como Televisa a compartir infraestructura

  Por La Jornada

Publicado el jueves, 23 de octubre del 2025 a las 18:23


Batres determinó que la obligación de compartición no constituye un acto privativo de propiedad

Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó este jueves una pieza clave de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR) de 2014, al negar un amparo a Televisa y confirmar la obligación de los concesionarios de compartir su infraestructura con otros agentes del sector.

La filial de Televisa, Televimex, había impugnado el Artículo 139 de la LFTyR mediante un amparo en revisión, argumentando que la obligación de compartir infraestructura vulneraba su derecho a la propiedad privada y la seguridad jurídica.

Sin embargo, la Ministra ponente, Lenia Batres Guadarrama, presentó un proyecto aprobado por unanimidad que rechazó el amparo. Batres determinó que la obligación de compartición no constituye un acto privativo de propiedad.

” Si bien se trata de propiedad, en este caso, no le impide utilizarla y el fin, además, pues además de ser constitucional, tiene una alta incidencia social, porque justamente se busca que se atienda el servicio en las zonas en las que actualmente no se está teniendo cobertura”, señaló la Ministra.

Constitucionalidad con limitación

El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, coincidió en la constitucionalidad de la reforma, aunque reconoció que sí implica una limitación al derecho de propiedad.

” Es infundado lo que se hace valer, pero creo, yo, que sí existe una limitación o se establecen ciertas condiciones que limitan el derecho de propiedad, o sea, porque la empresa que tenga una infraestructura está obligada a compartir la infraestructura con otras empresas”, admitió Aguilar Ortiz, aunque consideró que el proyecto quedaría más sólido con argumentos que refuercen la proporcionalidad del acto.

El expediente será devuelto a un tribunal colegiado para que resuelva los argumentos de legalidad restantes, luego de que la SCJN confirmara el fin constitucional de la medida: expandir la cobertura de telecomunicaciones en el país.

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