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Se perderán derechos con reforma laboral

  Por Zócalo

Publicado el viernes, 25 de marzo del 2011 a las 15:00


Callan también partidos sobre legitimación de renuncias en blanco y el libre despido

Monclova, Coah.- Ante el silencio de la CTM y diversos partidos políticos, abogados del PRD enumeraron las afectaciones a todos los trabajadores en caso de ser aprobadas las reformas a la Ley Federal del Trabajo, y afirmaron que la tabla de enfermedades de trabajo y de la valuación de incapacidades permanentes dejarían de ser derechos laborales.

“El cambio hasta legitimaría las renuncias en “blanco” y permitiría el libre despido sin costo para el patrón al tener facultades para crear contratos de prueba, capacitación inicial y labores discontinuas”, indicaron los dirigentes locales del PRD, José Guadalupe Céspedes Casas y Manuel Rivera Silva.

Informaron que abogados perredistas contabilizaron 24 puntos de la Ley Federal de Trabajo, los más críticos que afectarán a la clase trabajadora en general en caso de ser aprobadas las iniciativas que incluye además el tope de un año de salarios caídos, independientemente de lo que dure el juicio en la Junta de Conciliación y Arbitraje.

“Los patrones no tendrían obligación de crear un contrato de trabajo y será causal de despido alguna falta contra los clientes del patrón, pero por otro lado se legitimarán las renuncias en blanco al modificarse el artículo 53 de la ley, que actualmente exige un acuerdo entre las partes”, añadió el consejero estatal José Céspedes.

Además, abundó, “permitiría el despido libre porque ya no sería obligatorio para los patrones entregar personalmente el aviso de rescisión, sino que podrá hacerlo por correo certificado o a través de la autoridad laboral”.

Céspedes Casas, dijo que en cuanto al salario, permitirá al patrón fijarlo sin intervención sindical, y apuntó que aunque los trabajadores cuenten con certificación laboral, eso no implicará ningún beneficio salarial.

“Desaparecerá el salario mínimo para crearse el salario infinitesimal, modificándose el artículo 83 de la ley, y que el salario se pague proporcionalmente por el tiempo laborado con la base del minisalario; si se trabaja una hora diaria se podrá pagar un octavo del salario mínimo, 7.47 pesos por hora”, indicó.

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