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Sentencian a policía que mató a su amante

  Por Redacción

Publicado el viernes, 10 de febrero del 2017 a las 10:00


Pruebas lo hunden; iría 35 años a prisión

Monclova, Coah.- El asesinato de Marcela Durón, empleada de una Notaría Pública que hace dos años fue encontrada sin vida en una brecha cercana al camino que conduce al ejido Pozuelos se resolvió finalmente ayer por el Tribunal Penal en audiencia de Juicio Oral al dictarse sentencia condenatoria a su amante Irving Zisigua, elemento de la Policía Estatal que el jueves recibirá la individualización de la pena que determinará los años de prisión que alcanzaría por el homicidio calificado con la agravante de ventaja.

En enero de 2015, Marcela, quien era amante del sentenciado, fue ultimada por él de tres disparos de arma de fuego en una brecha del ejido Pozuelos, lugar de donde huyó.

La víctima pereció de un disparo en la cabeza

Los hechos se remontan al 7 de enero del 2015, cuando Marcela, quien según mantenía una relación sentimental con el sentenciado, se encontraba con él en el kilómetro 3 del antiguo camino a Pozuelos, a 660 metros de la brecha, cuando entre las dos y las cinco de la tarde el acusado disparó en tres ocasiones contra la víctima, dos en el costado izquierdo y una más en la cabeza, siendo este último tiro el que le provocó la muerte, huyendo del lugar dejando sin vida a la víctima y dejando también en el mismo lugar el arma de fuego con la cual le disparó.

Sin embargo, para la defensa del sentenciado estos elementos no pueden ser atribuibles a Irving Zisigua al asegurar que las pruebas con las que el trío de magistrados de Juicio Oral concluyó la hipótesis de su culpabilidad no demuestran su responsabilidad, situación por la que promoverán la apelación ante el tribunal de segunda instancia, para impugnar el fallo y revertir la sentencia condenatoria.

Ayer en punto de las 12:30 horas, en la Sala de Audiencias de Juicio Oral se llevó a cabo la misma, con la presencia del Jurado de Juicio Oral compuesto por tres magistrados, el Ministerio Público como autoridad investigadora; la defensa, el sentenciado, y en el área del público un familiar del policía estatal y dos personas más como oyentes, sin que estuviera presente el esposo o familiares de la víctima.

Al dar inicio la audiencia de esta causa penal registrada bajo el número 1/2015 por el delito de homicidio calificado con ventaja, alevosía y traición, uno de los jueces deliberó de inmediato el fallo al señalar al acusado que por unanimidad de votos se le condenaba por el delito de homicidio calificado cometido con ventaja en perjuicio de Marcela Durón, sin comprobarse la alevosía y traición.

Acto seguido, el Juez Relator dio lectura a las consideraciones de hecho y derecho con los que determinó el jurado que los hechos delictivos quedaron acreditados al sentenciado con las pruebas del juicio que se ofrecieron, entre las que destacaron diversos testimoniales, el arma de fuego, documentales, periciales, fotografías y sabana de llamadas telefónicas relacionadas con el sentenciado, el esposo de la víctima y la víctima.

De acuerdo con el jurado, la autoridad investigadora logró probar su teoría del caso, dentro de la cual se encontraba en primer curso el testimonio del esposo de la víctima quien señaló que conocía a Irving porque iban al mismo gimnasio, que a veces conversaban de “tips” para ejercitarse, entre otras cosas cotidianas, por lo que el día de los hechos cerca de las 13:45 horas en que se encontraba trabajando, reconoció la voz de Zisigua cuando contestó la llamada de un número desconocido y en el que su interlocutor le dijo que tenía a su esposa Marcela secuestrada expresando la frase “mira compa”, la cual utilizaba a menudo el sentenciado.

Así mismo, el último día que vio con vida a su mujer ella le había mencionado que iría a comer con sus jefes a un restaurante en la Zona Dorada de Monclova mientras permanecía en el porche de su casa con una actitud inquieta y algo nerviosa.

Por su parte, la defensa de Irving Zisigua había declarado que el día de los hechos el escolta había sido víctima de robo por parte de cuatro personas, dos de ellos encapuchados, que se acercaron al vehículo donde se encontraba el sentenciado y le robaron su celular, el radio y la pistola que tenía a cargo, misma que más tarde apareció como el arma homicida en el lugar de los hechos.

El jurado finalmente dio valor a lo declarado por el esposo de la víctima, otros testigos más, algunas periciales, y la criminalista de campo que indicaban que Marcela había sido ultimada con un arma de fuego tipo revólver calibre .38, la cual más tarde se confirmó era la que el mismo Irving reportó como robada un día después.

Para el jurado, la declaración del reporte de robo un día después de los hechos que realizara el sentenciado fue considerada como no creíble, en razón de que, de acuerdo a la lógica del jurado, el responsable tuvo la oportunidad de activar el botón de pánico del radio matra al momento que vio que cuatro personas se acercaban a su vehículo en plan de amenaza aunado haber hecho el reporte de robo hasta un día después, cuando por ley están obligados a hacerlo de forma inmediata tras un atraco.

Con base en estas presunciones y pruebas fue que el jurado determinó la culpabilidad del elemento de la Policía Estatal restando las agravantes de alevosía y traición pero dejando la de ventaja, en razón de que la víctima, quien vestía un saco color beige con una mascada en el cuello y pantalón de mezclilla, fue encontrada sin vida tirada con los impactos de bala y las manos dentro de las bolsas del saco, por lo que concluyeron que no tuvo oportunidad de percatarse que iba a ser ultimada.

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