Coahuila

Publicado el martes, 3 de marzo del 2026 a las 13:40
Saltillo, Coah.- Con la nueva Ley para la Protección, Apoyo y Promoción de la Lactancia Materna para Coahuila, en el sector público y privado, como centros de trabajo, deberá contarse con lactarios adecuados donde las madres puedan amamantar, extraer su leche y conservarla.
Las mujeres podrán decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien, un descanso de una hora, para amamantar a la hija o al hijo, o para la extracción manual de la leche.
Para acceder al beneficio, la trabajadora deberá acreditar esa práctica mediante certificado expedido por especialistas en ginecología o pediatría, y copia del acta de nacimiento del menor, que presentará ante el centro de trabajo, establece el ordenamiento aprobado por el Congreso del Estado, iniciativa que presentaron las diputadas Edna Dávalos Elizondo y Luz Elena Morales Núñez.
El objetivo es facilitar la alimentación de las personas lactantes e infantes, a fin de garantizar su salud, crecimiento y desarrollo integral mediante políticas públicas, como la creación de bancos de leche y salas de lactancia en los establecimientos de salud que presten servicios neonatales.
Promover la participación del sector público y privado en las actividades de fomento a la lactancia materna como un derecho fundamental de niñas y niños e impulsar la capacitación respecto a esta práctica en los planteles de medicina y enfermería. Esto para orientar a las madres sobre la importancia de promover la lactancia materna y en los centros de trabajo, para que ejerzan su derecho.
Se ordena que el Estado garantizará el cumplimiento de la Ley en el sector privado y social, a través de la Secretaría de Salud, que promoverá los beneficios de la lactancia materna y el respeto al derecho de la madre de ejercerla libremente sin discriminación.
Esta Secretaría expedirá la normatividad para garantizar el cumplimiento de la Ley, lo que incluye imponer sanciones e incorporar contenidos educativos en el nivel básico.
-Proteger el ejercicio efectivo del derecho de las madres lactantes y de las infancias lactantes.
-Establecer lactarios o salas de lactancia en los centros de trabajo.
-Propiciar que las guarderías promuevan la leche materna.
-Gestionar el establecimiento de transporte que facilite el traslado de las trabajadoras, cuando el periodo de lactancia se ejerza dentro de la jornada laboral.
-Las secretarías de Salud y de Finanzas aplicarán sanciones conforme al Reglamento que se elabore al respecto, en un plazo no mayor a 90 días, a partir de la entrada en vigor del Decreto de creación de la Ley.
-Se concederá máximo un año para que se cumpla la norma.
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