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Redacción
Publicado el jueves, 6 de agosto del 2015 a las 14:01
Saltillo, Coah.- La jueza primera de Distrito en el Estado del Poder Judicial de la Federación, negó el amparo promovido por Eduardo Ariel Pacheco Ortiz contra la sanción impuesta por la Dirección para Promover la Igualdad y Prevenir la Discriminación en el Estado, por actos discriminatorios en contra de miembros de la población LGBTI.
El secretario de Gobierno, Víctor Zamora Rodríguez, informó que la autoridad federal encontró apegada a derecho, la sanción aplicable de 100 días de salario mínimo vigente y 150 días de salario mínimo a la Asociación Civil Cristo Vive de México, así como la obligación de capacitar y sensibilizar a la asociación sobre el tema.
SE AMPARA
La denuncia se formuló en la dependencia a su cargo por Carlos Eduardo Llamas y secundada por otras cinco personas de la comunidad LGBTI contra los ya señalados, quienes pronunciaron en medios de comunicación, discursos y actividades consideradas de odio para provocar y fomentar actos discriminatorios hacia los homosexuales.
Zamora Rodríguez explicó que el amparo contra la sanción impuesta, fue promovido por los denunciados argumentando que estos discursos y manifestaciones morales y religiosas fueron en ejercicio a su libertad de expresión, no obstante, el Juzgado consideró que fue discriminativo y avaló las sanciones.
ES SUPERIOR
La resolución del amparo 242/2015 estipula también que dichos actos no son susceptibles de justificarse en el ejercicio de su libertad de expresión, toda vez que el derecho fundamental de la dignidad humana se sobrepone al de la libertad de expresión si el resultado es perjudicial al honor de los seres humanos.
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