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Tumba el Tribunal coalición de Morena

  Por Jesús Castro

Publicado el martes, 9 de marzo del 2021 a las 04:09


Culpa de UDC: no entregó a tiempo la autorización partidista

Saltillo.- En segunda instancia, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirma declarar inválida la Coalición Juntos Haremos Historia de Morena-PT-UDC. Entre los principales argumentos está que UDC no entregó a tiempo la autorización partidista para coaligarse.

Con dos votos a favor y uno en contra fue aprobada la sentencia del recurso de revisión constitucional 8/2021 que presentaron los partidos afectados, alegando la errónea interpretación del Artículo 276 del Reglamento de Elecciones, sobre la solicitud de convenios de coalición.

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Se resuelve confirmar la sentencia impugnada, porque es ineficaz el planteamiento de la inconstitucionalidad del Artículo 276 del Reglamento de Elecciones, pues se considera que no es posible entrar al estudio de su petición, ya que los actores omiten señalar razones suficientes para realizar la interpretación excepcional que planean”, dicta la sentencia.

La resolución confirmada del Tribunal Electoral de Coahuila fue por el recurso interpuesto por PAN y PRD, contra el Convenio de Coalición aprobado por el Instituto Electoral de Coahuila, alegando que UDC entregó extemporáneamente la autorización para coaligarse.

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Fue correcta la determinación relacionada con el incumplimiento de UDC del Artículo 276 del Reglamento de Elecciones, consistente en presentar copia certificada de los documentos con la aprobación de la coalición por parte de ese instituto”, establecieron los magistrados.

Morena y UDC también argumentaron la falta de interés jurídico del PAN y PRD para impugnar el Convenio de Coalición ante el Instituto Electoral de Coahuila, sin embargo, la Sala Regional determinó que ambos partidos sí cuentan con interés jurídico.

Ante esta situación, Morena podría tener la posibilidad de apelar la sentencia ante la Sala Superior del TEPJF, aunque con la reserva de que sea desechada, dado que la Sala Regional ya resolvió que no existe agravio constitucional que controvertir.

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