Nacional

Publicado el martes, 21 de noviembre del 2023 a las 15:32
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló hoy la reforma de mayo pasado que modificó las fechas del proceso electoral local de Jalisco, por vicios en el procedimiento legislativo.
Por ocho votos contra dos, el Pleno de la Corte declaró fundada una acción del partido local Hagamos Jalisco, y anuló la reforma por la cual la fecha de inicio de precampañas se corrió de noviembre a diciembre, entre otros cambios.
Debido a que algunas de las fechas previstas por esta reforma ya se cumplieron, la Corte decidirá el jueves si aplaza los efectos de la invalidez para que apliquen a partir del siguiente proceso electoral, y no durante el de 2023-2024.
Este fue el esquema que adoptó la Corte el pasado 28 de septiembre, cuando invalidó una amplia reforma electoral de Guanajuato, que movió de septiembre a la última semana de noviembre el inicio del proceso en esa entidad.
En la versión anterior del Código Electoral de Jalisco, las precampañas debían iniciar en la tercera semana de noviembre, pues habrá elección de Gobernador, mientras que la reforma anulada las dejó para la primera semana de diciembre.
En la sesión de hoy, la mayoría rechazó un proyecto de la Ministra Yasmín Esquivel, que proponía que las irregularidades de procedimiento no eran suficientes para invalidar la reforma de Jalisco, pues se trató de una reforma de solo seis artículos sobre un tema específico y fácil de entender.
Los Ministros Luis María Aguilar y Juan Luis González Alcántara detallaron los defectos que justificaron la invalidez, empezando por el hecho de que no se citó con al menos una hora de anticipación a la sesión extraordinaria de la Comisión de Puntos Constitucionales y Electorales del Congreso local en la que se aprobó el dictamen, como ordena el reglamento, ni se entregó copia a todos los diputados.
Además, dicha sesión de Comisión se convocó a la misma hora que estaba convocada la sesión del Pleno del Congreso, que, por su parte, no justificó la dispensa de trámites por razones urgentes, que llevaron a aprobar de inmediato la reforma.
“En ningún momento la mayoría que aprobó eta legislación justifico esa urgencia”, agregó Alberto Pérez Dayán.
“
La democracia se construye todos los días, en la urgencia es un factor fundamental que las asambleas puedan expresar a la ciudadanía las razones para exentar de tramites alguna decisión, no es el caso”.
Como ya es costumbre en este tema, Loretta Ortiz fue la única que apoyó el proyecto de Esquivel.
Ambas ministras han rechazado prácticamente cualquier alegato de invalidez por vicios de procedimiento legislativo, desde que defendieron el llamado Plan B de reforma electoral federal que impulsó el gobierno.
Pero la mayoría, reiterando criterios construidos desde hace años, ha anulado en 2023 por vicios de procedimiento no solo el Plan B, sino una ley federal de contratación de publicidad, la Ley de Videovigilancia de Morelos y reformas electorales de Guanajuato y Jalisco.
El jueves la Corte también resolverá acciones contra otra reforma electoral en Jalisco, en materia de equidad de género, publicada en julio pasado e impugnada no solo por Hagamos Jalisco, sino también por el PRD, Morena y la CNDH.
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