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Grupo Zócalo
Publicado el jueves, 24 de junio del 2021 a las 17:58
Ciudad de México.- El Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) pidió la derogación del delito de “peligro de contagio”, en particular en el artículo 159 del Código Penal de la capital, así como la mención del delito en el artículo 76, debido a que estigmatiza y criminaliza a las personas que viven con VIH.
La solicitud compartida en un comunicado del Copred solicita al Congreso de la CDMX que derogue la tipificación de dicho delito que estigmatiza la sexualidad y es contrario al respeto y a la dignidad de las personas que viven con VIH, así como a su libertad de mantener las relaciones sociales y sexuales que elijan.
El delito, incorporado al Código Penal federal, y replicado en el capitalino, argumentó en su posicionamiento, debe desestimarse debido a que fue incorporado en un momento de desconocimiento del VIH, así como al miedo que provocaba esa falta de información y prejuicios, lo que llevó a sancionar a quienes, por llevar “una vida sexual inmoral”, eran “focos de infección” y ponían en peligro con su sola sexualidad a quienes tenían una moralidad “aceptable”.
Al ser un estatuto sin actualización el Copred señaló que la tipificación del delito de “peligro de contagio” es un remanente del control penal que regulaba la salud púbica y sexual, acto que hoy en día perpetúa los prejuicios y la estigmatización que han enfrentado desde hace ya más de 40 años las personas con VIH.
La tipificación del delito, aseguró el Copred, también inhibe a muchas personas para conocer su estado serológico e incluso es un impedimento para que quienes lo necesiten acudan a los servicios de salud para recibir el tratamiento correspondiente.
El texto también señala que mantener el “peligro de contagio” tipificado, es represor y adelanta un castigo por un supuesto, contrario a los delitos de daño, donde es punible una conducta.
Delito atenta a los derechos humanos
El delito tipificado, completó el Copred, es ajeno a los derechos humanos, otra razón para derogarlo, al contradecir el principio de dignidad del país.
Esta legalización fomenta una narrativa de violencia y discriminación, que está prohibida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política de la Ciudad de México. En ambas, las cláusulas de no discriminación prohíben el trato diferenciado injustificado hacia las personas por su condición de salud”, indicó el Consejo.
Con información de Debate.
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