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| El nuevo plan aplicará de manera general a partir del ciclo 2023-2024, pero inicialmente sólo para los alumnos que ingresen a primero de preescolar, primaria y secundaria. Foto: Especial

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Va a juicio plan de estudios de 4T; niegan suspenderlo

  Por Agencia Reforma

Publicado el lunes, 19 de septiembre del 2022 a las 12:35


Juez admitió a trámite una demanda de amparo contra plan de estudios de la 4T, pero negó suspender su aplicación inicial en 960 escuelas

Ciudad de México.- Un juez federal admitió hoy a trámite una demanda de amparo contra el nuevo Plan de Estudio para la Educación Preescolar, Básica y Primaria, pero se negó a suspender su aplicación inicial en 960 escuelas públicas.

Oswaldo Rivera González, Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, admitió el amparo promovido por la asociación civil Educando con Rumbo, que considera que el nuevo plan de la Secretaría de Educación Pública (SEP) viola cinco artículos de la Constitución, y no fue sometido a consulta ante el Consejo Nacional de Participación Escolar en la Educación (CNPEE).

El juez dio 15 días a la SEP para rendir informes y fijó para el 16 de noviembre la fecha de audiencia Constitucional, donde resolvería sobre la posible inconstitucionalidad del plan publicado el pasado 19 de agosto.

Sin embargo, Rivera González rechazó suspender provisionalmente el programa piloto para aplicar el nuevo plan en algunas escuelas durante el ciclo 2022-2023.

“ Sobre la base de lo considerado en el acuerdo impugnado, no procede conceder la suspensión provisional, ya que se advierten objetivos válidos por los cuales se expidió, por lo que conceder la suspensión para que no se aplique dejaría a la sociedad, y en particular a los niños que han de cursar los niveles escolares ahí precisados, sin los beneficios que pretende conseguir dicho ordenamiento y se alterarían las decisiones que la autoridad educativa ha tomado con base en la rectoría que al efecto le confiere la Constitución para definir los planes de estudio en dichos niveles”, resolvió el juez. 

“ Este órgano jurisdiccional no advierte, en el reclamo de la parte quejosa, alguna apariencia de buen derecho; es decir, algún indicio de ilegalidad o inconstitucionalidad en el actuar de la SEP al ejercer una facultad que la Constitución le confiere de manera clara y expresa. Ni se advierte en el plan de estudios implementado alguna característica, medida, figura, razón o motivo indudables y manifiestos por los que tal programa pudiera considerarse nocivo o perjudicial para los educandos. Así que, ponderando ambas situaciones, este juzgado se inclina por preservar la decisión que la autoridad competente ha tomado”, agregó. 

La asociación civil puede impugnar la negativa de suspensión provisional ante un tribunal colegiado, mientras que el juez resolverá el 30 de septiembre sobre la suspensión definitiva.

El nuevo plan aplicará de manera general a partir del ciclo 2023-2024, pero inicialmente sólo para los alumnos que ingresen a primero de preescolar, primaria y secundaria.

Publicado el 19 de agosto, el nuevo plan de estudios está enfocado a combatir el colonialismo, la sociedad patriarcal, el mercantilismo, la formación educativa para llenar perfiles laborales y rechaza las pruebas estandarizadas.

La autonomía de los maestros para “contextualizar” los contenidos del currículo de acuerdo con las necesidades formativas de los estudiantes, y la comunidad como el núcleo integrador de los procesos de enseñanza y aprendizaje son algunos de los ejes rectores del plan.

Educando con Rumbo litiga desde julio, ante otro juzgado, un amparo contra la omisión de la SEP de instalar el CNPEE, previsto en el artículo 135 de la Ley General de Educación como instancia nacional de consulta a las asociaciones de padres de familia.

 

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