Coahuila

Publicado el domingo, 15 de mayo del 2022 a las 03:52
Saltillo, Coah.- De ahora en adelante, el derecho a percibir pensión de viudez se mantendrá para los beneficiarios del trabajador o pensionado de la burocracia estatal, sin importar que el cónyuge pensionado contraiga nupcias, celebre el Pacto Civil de Solidaridad o viva en concubinato.
Esto, al publicarse el Decreto 225 que deroga la fracción I del Artículo 45 de la Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de Coahuila, que quitaba la pensión si la persona beneficiaria formalizaba otra relación de pareja.
Los diputados locales consideraron que, en otras palabras, el ejercicio de un derecho, como iniciar una nueva relación afectiva, llevaba a la pérdida de otro, como el recibir el pago de la pensión mensual.
Se resolvió que el contenido de la fracción transgredía las garantías de igualdad y seguridad social, ya que la pensión por viudez se actualiza con la muerte del trabajador o la trabajadora o del pensionado o pensionada y es un derecho con cónyuge supérstite, por lo que el hecho de que el viudo o la viuda vuelva a casarse o unirse en pareja no debe ser motivo para perder el beneficio.
Para eliminar la fracción, como lo publica el Periódico Oficial del Estado, se consideró que afectaba el derecho a la familia y al libre desarrollo de la personalidad; a la seguridad social; a la igualdad y no discriminación.
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