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Mariguana regulada

Por Sergio Sarmiento

Hace 5 años

El dictamen del ministro Arturo Zaldívar, hoy presidente de la Suprema Corte, era un poema liberal. Lo presentó a la primera sala en octubre de 2015: “La Constitución permite que cada individuo elija su propio plan de vida y adopte el modelo de virtud personal que considere válido, en tanto no afecte a los demás. El bien más genérico que se requiere para garantizar la autonomía de las personas es precisamente la libertad de realizar cualquier conducta que no perjudique a terceros”. Por cuatro votos contra uno, fue aprobado el 4 de noviembre. Nada que ver con las restricciones de la Ley para la Regulación del Cannabis.

 

A la iniciativa del Senado, los diputados han añadido una frase de que el consumo de mariguana es un derecho, pero no se reconoce en el texto la libertad del individuo para escoger el modelo de virtud que considere válido mientras no afecte derechos de terceros. Vemos simplemente una ampliación de las excepciones a una prohibición que ha dañado profundamente a la sociedad. La nueva ley ni legaliza ni despenaliza el consumo, solo amplía el monto tolerado sin sanción de 5 a 28 gramos.

 

Quien tenga de 29 a 200 gramos será acreedor a una multa, quien posea más de 201 gramos será procesado penalmente. La próxima vez que compre usted un cuarto de kilo de jamón piense que por esa misma cantidad de cannabis podría ser enjuiciado como narcotraficante. La nueva legislación tiene contradicciones irresolubles. Permite la producción para el autoconsumo, pero la limita a solo seis plantas, sin presentar razón para ello. Establece un permiso previo para el cultivo, pero da a la autoridad derecho a entrar a la vivienda del permisionario para verificar sin orden de cateo ni de aprehensión. Quien pida ese permiso estará renunciando a su derecho constitucional de no ser molestado en su hogar sin orden judicial previa. La iniciativa permite el cultivo industrial o por comunidades campesinas de la mariguana y su comercialización, aunque en paquetes resellables, presumiblemente para evitar el consumo por menores, y con advertencias sobre las posibles consecuencias para la salud. Se entiende, pero ¿por qué castiga entonces a quien tenga más de 28 gramos adquiridos legalmente?

 

Aunque la ley considera como un derecho de los mayores de edad la posibilidad de consumir mariguana, faculta a la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) para establecer restricciones a quienes tengan entre 18 y 25 años. Es un acto de discriminación que promoverá un mercado negro entre los jóvenes. No es fácil romper el lastre de un siglo de prohibiciones internacionales. Un funcionario me escribe: “Sí habrá una despenalización para la posesión/portación de mariguana. Por tratados y convenciones internacionales de los que México es parte, que catalogan la cannabis como una droga, no es posible liberar por completo su producción y venta, como el tabaco o el alcohol. Fumar mariguana es legal desde hace años”. Pero ¿está realmente despenalizada una sustancia cuya posesión se sanciona a partir de los 29 gramos? Además, si está permitido fumar mariguana, ¿por qué hay tanto jóvenes en la cárcel por hacerlo? El consumo de mariguana es un problema de salud pública que debe enfrentarse con políticas públicas de salud. El objetivo debe ser disuadir el consumo y no castigar al consumidor o al productor. No fue necesario prohibir el tabaco para reducir su uso. Solo el individuo debe ser responsable de conductas que no dañen a terceros.

 

Suspensión

Ya un juez, el segundo en materia de competencia económica, Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó las dos primeras suspensiones sobre la nueva Ley de la Industria Eléctrica. Habrá más, porque la ley es inconstitucional, pero las presiones del Gobierno contra los juzgadores se incrementarán.

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