Nacional

Publicado el miércoles, 12 de mayo del 2021 a las 18:55
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó hoy al Congreso de la Unión aterrizar la reforma Constitucional de septiembre de 2017 en materia de justicia cotidiana, que busca facilitar la resolución de conflictos sin formalismos legales.
La Primera Sala de la Corte resolvió, por unanimidad, que el Congreso ha incurrido en omisión legislativa absoluta, pues tenía hasta marzo de 2018 para cumplir las dos obligaciones que le fijó la reforma a los artículos 16, 17 y 73 de la Constitución, resultado de una iniciativa presentada en abril de 2016 por el entonces Presidente Enrique Peña Nieto.
Esa iniciativa derivó, a su vez, del proyecto Diálogos por la Justicia Cotidiana, que Peña encargó al Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE) en noviembre de 2014, en cuyos foros participaron, durante cuatro meses, más de 200 especialistas de 26 instituciones públicas, académicas y privadas.
Por una parte, el Congreso tenía que expedir un código procesal único en materia civil y familiar, para reemplazar a los 32 códigos estatales; por la otra, tenía que revisar, y en su caso reformar las normas que, con formalismos legales, impiden la resolución ágil, oral y de fondo de los conflictos.
“ Es notorio para esta Corte que existen mandatos Constitucionales consistente en deberes precisos de legislar y que, a la fecha de la emisión de la presente sentencia, el Congreso de la Unión los ha incumplido; lo cual actualiza propiamente una omisión legislativa inconstitucional que deriva del incumplimiento de ambos transitorios”, se lee en la sentencia, que ampara a la Barra Mexicana de Abogados (BMA).
Agrega que no hay evidencia de que, a partir de 2017, el Congreso hubiera realizado algún trabajo para identificar normas que obstaculizan la resolución de fondo de las controversias.
“ El Congreso no puede esperar que su absoluta inacción se valore como el cumplimiento de un mandato Constitucional”, se establece en el fallo.
Una vez notificada la sentencia, el Congreso tendrá que emitir estas leyes en su siguiente periodo de sesiones, que termina en diciembre de 2021, salvo que acredite que requiere más tiempo por existir un proceso deliberativo.
La Corte reconoció a la BMA legitimación para promover este amparo, como ya había hecho la Primera Sala en 2017, cuando a raíz de una demanda de la asociación Artículo 19, ordenó al Congreso expedir la Ley de Comunicación Social, que también era un mandato de la Constitución.
“ Lo que busca (la BMA) es que se ordene al Congreso el acatamiento de un mandato Constitucional de legislar a fin de poder cumplir realmente su objeto social con base en los presupuestos procesales y sustantivos ordenados por el Poder Constituyente en la Constitución en materia civil y familiar”, se explica en la resolución.
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