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| El decreto o modificación a la Ley de la Industria Eléctrica pretendía cambiar el orden de despacho de centrales para privilegiar la entrada a generación de plantas de CFE.

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Aplazan amparos vs decreto eléctrico; deberá Corte resolver controversias

  Por Grupo Zócalo

Publicado el miércoles, 23 de febrero del 2022 a las 04:23


La Ley de la Industria Eléctrica publicado en marzo de 2021 se deberá aplazar hasta que la Suprema Corte resuelva las controversias constitucionales

 Monterrey, NL.- La resolución de amparos relacionados con un decreto a la Ley de la Industria Eléctrica publicado en marzo de 2021 se deberá aplazar hasta que la Suprema Corte resuelva las controversias constitucionales relacionadas, dice un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación.

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En tanto el Pleno de esta Suprema Corte resuelve las controversias constitucionales… se deberá continuar el trámite hasta el estado de resolución y aplazar el dictado de esta”, señala.

El decreto o modificación a la Ley de la Industria Eléctrica pretendía cambiar el orden de despacho de centrales para privilegiar la entrada a generación de plantas de CFE.

También proponía eliminar la obligación de CFE Suministro Básico de comprar energía eléctrica a empresas a través de subastas y que la Comisión Reguladora de Energía revocara permisos a centrales de autoabasto renovable.

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La Corte tiene facultades para decirle a todos los juzgados que no resuelvan hasta que lo hagan ellos y dictar a nivel nacional cuál debe ser el criterio, eso es bueno, que haya cierta guía por cuestiones de certidumbre jurídica y que no se dé el caso en que un tribunal colegiado resuelva contrario a lo que al final dicte la Suprema Corte”, apuntó Jorge Arrambide, especialista de la firma Santos Elizondo.

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Básicamente lo que está diciendo es que sigan con el proceso y al final se hará un embudo con los tribunales colegiados que no podrán resolver hasta que la Corte descongele y emita un criterio”, agregó.

El acuerdo señala también que se podrán resolver aquellos amparos en los que no resulte necesario abordar el problema de constitucionalidad.

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