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Anuncia SAT facilidades para sector agropecuario

  Por Grupo Zócalo

Publicado el martes, 10 de mayo del 2022 a las 03:36


Agricultores tendrán facilidades administrativas en lo que resta del 2022.

Ciudad de México.- Las personas físicas dedicadas al sector primario y cuyos ingresos no rebasen el monto de 900,000 pesos en el ejercicio de que se trate, podrán optar por no presentar declaraciones mensuales ni la anual correspondiente.

No obstante, sí deben emitir facturas electrónicas por sus operaciones.

En tanto, las personas físicas que reciben ingresos por jubilaciones o pensiones y que además se dedican exclusivamente a las actividades del sector primario pueden tributar en el Régimen Simplificado de Confianza por los ingresos de dichas actividades y aplicar el beneficio de la exención de pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

A las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades del sector primario y que realicen operaciones con personas morales, no se les realizará la retención del 1.25% por los pagos que las referidas personas morales les hayan realizado, siempre que sus ingresos no rebasen el monto de los 900,000 pesos.

También podrán facturar y declarar a través del adquiriente.

Facilidades para personas morales

Las personas morales podrán presentar semestralmente los pagos provisionales y mensuales de ISR e impuesto al valor agregado (IVA).

También podrán deducir gastos de pago de mano de obra de trabajadores eventuales del campo (por ejemplo, jornaleros), alimento para ganado y gastos menores, hasta el 10% del total de los ingresos, sin exceder 800,000 pesos. En el caso de los gastos menores, estos no podrán exceder los 5,000 pesos.

Tampoco están obligados a presentar las declaraciones provisionales y anual de ISR, así como las correspondientes del IVA, tratándose de personas morales de derecho agrario cuando sus ingresos no excedan anualmente de 702,021 pesos para 2022 por cada uno de sus integrantes. No deben exceder en su conjunto 7 millones 20,216 pesos anuales para este año. Este límite de ingresos no aplica para ejidos y comunidades.

Las personas morales podrán cumplir con las obligaciones en materia del IVA de sus integrantes.

Se podrá reducir en 30% el ISR determinado cuando las sociedades o asociaciones de productores, así como otras personas morales, estén integradas únicamente por personas físicas y que el ingreso anual por cada socio no sea mayor a 14 millones 847 mil 756 pesos para 2022 sin que exceda en el conjunto de los integrantes 148 millones 477 mil 568 pesos para este año.

Quedarán exentas de presentar el aviso relacionado con la información fiscal de socios, accionistas o asociados, tanto su RFC, como los nombres de los mismos a menos que la autoridad fiscal los solicite.

Para ambos regímenes

Se podrán deducir los gastos por combustible hechos por cualquier medio distinto a cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios o monederos electrónicos autorizados por el SAT, siempre y cuando no excedan del 15% del total de pagos hechos por consumo de combustible.

Se podrá enterar el 4% que retengan por concepto de mano de obra, siempre que los pagos efectuados a cada trabajador no excedan al día de 521 pesos en la zona libre de la frontera norte y de 346 pesos en el resto del país.

Finalmente, es importante mencionar que recibir apoyos gubernamentales federales, estatales, municipales o de cualquier otra índole no se contabilizan como ingresos dentro del Régimen Simplificado de Confianza para el monto máximo permitido de 3 millones 500,000 pesos ni para quedar exento del pago del ISR cuando los ingresos derivados de actividades primarias no excedan los 900,000 pesos anuales.

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