Monclova
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Grupo Zócalo
Publicado el jueves, 9 de febrero del 2023 a las 04:11
Monclova, Coah.- El balance y libros de comercio entregó Altos Hornos de México al Juzgado Civil para ser colocado a la vista de las partes implicadas en la sentencia de quiebra, cuando el síndico designado acepte el cargo de administrador, inmediatamente será puesto en posesión de la empresa, reveló la jueza Mónica Rodríguez Alvarado.
Señaló que para instalarlo en posesión de la acerera tendría el síndico que aceptar el cargo, lo cual aclaró no es obligatorio, “la declaración de quiebra tiene como primordial función que la empresa se preserve, que continúe sus funciones en la mayor parte posible sin afectar los intereses de los trabajadores”, externó.
La titular del Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Civil, apuntó que a los trabajadores de AHMSA les van a seguir pagando, añadió que nunca han dicho que no se ha pagado el sueldo porque eso es lo básico, que se les esté pagando.
“ “Tengo que hacer todo lo necesario para que el síndico (Canacero) a la brevedad posible acepte, pero no es obligatorio, una vez que acepte, inmediatamente habrá que ponerlo en posesión, a más tardar este miércoles entregaremos el exhorto al acreedor que promovió el incidente para que sea él quien lo lleve a la Ciudad de México y diligenciar lo que sea necesario”, destacó.
Síndico debe ser una cámara empresarial
La jueza Mónica Rodríguez Alvarado dijo que ese acreedor es el que inició el procedimiento de quiebra, argumentando que a él no se le pagaron créditos de la suspensión de pagos como estaba convenido, ni tampoco a otras 360 personas.
Puntualizó a pregunta expresa, que en caso de un supuesto escenario de que la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero, (Canacero) no acepte la sindicatura, se buscarían otras opciones, pero indicó que tendría que ser necesariamente otra cámara empresarial.
Destacó que una persona pidió la declaración de incompetencia del Juzgado Primero Civil para atender el proceso, pero que se desechó, porque no justificó que seda acreedor, mencionó que se le dijo que no tenía legitimación para solicitar la incompetencia.
La jueza expresó que, conforme a uno de los artículos transitorios de la Ley de Concursos Mercantiles, refiere que los juicios iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esa nueva legislación, se tiene que someter a la jurisdicción de la abrogada Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos.
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