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| Elementos del Ejército. Foto: Cuartocuro

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Corte invalida facultad al Ejército para intervenir comunicaciones sin orden judicial

  Por Grupo Zócalo

Publicado el lunes, 17 de abril del 2023 a las 12:37


La CNDH argumentó que solo los jueces federales tienen la facultad de poder permitir la intervención de comunicaciones privadas.

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas fracciones del Código Militar de Procedimientos Penales que permitían al Ejército intervenir comunicaciones privadas y realizar cateos, sin previa autorización de un juez civil.

El Pleno tenía pendiente resolver este tema, debido a la ausencia de ministros en sesiones anteriores. El ministro Alberto Pérez Dayán votó a favor del proyecto de sentencia presentado por su homólogo Luis María Aguilar Morales, con lo que se alcanzó la mayoría de ocho votos que se necesitaban para declarar inconstitucional las reformas al código castrense.

El caso derivó de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), misma que impugnó diversos artículos son transgresores de los artículos 13 y 16 de la Constitución, ya que extienden la jurisdicción militar indebidamente facultando a ésta, intervenir comunicaciones privadas.

Los artículos impugnados determinan que los militares pueden iniciar investigaciones, por la posible comisión de ilícitos, practicando la intervención de comunicaciones privadas, informando al ministerio público y jueces de control sobre dichas comunicaciones intervenidas; de igual forma se faculta a los militares el poder destruir los registros de dichas comunicaciones.

La CNDH argumentó que solo los jueces federales tienen la facultad de poder permitir la intervención de comunicaciones privadas, independientemente del contenido, o el tipo de aparato tecnológico utilizado, es por ello, que, si las fuerzas armadas requirieran intervenir comunicaciones privadas atendiendo a su jurisdicción sólo a militares, primero tendrían que solicitarlo a un juez federal y esperar que éste acepte o deniegue fundadamente su petición.

Por tratarse de un tema penal, el fallo de la Corte tendrá efectos retroactivos al 17 de mayo de 2016, fecha en que entró en vigor la reforma al Código Militar, por lo que todos los juicios que se hayan basado en pruebas obtenidas mediante intervenciones de comunicaciones realizadas su autorización de un juez del fuero civil deberán ser invalidadas.

Información por Milenio

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