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Invalida Corte impuestos y multas de 17 municipios de Coahuila; emiten exhorto al Congreso estatal

  Por Armando Montalvo

Publicado el viernes, 11 de octubre del 2024 a las 05:09


SCJN invalidó las leyes de 17 municipios de Coahuila, aprobadas por el Congreso del Estado en 202

Saltillo, Coah.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las leyes de 17 municipios de Coahuila, aprobadas por el Congreso del Estado en 2023 y aplicables este año, que contienen sendos errores de impuestos y multas que no les corresponden a los municipios, y que, sin embargo, fueron aprobadas por la actual Legislatura.

Entre los municipios destacan Torreón, Monclova, Piedras Negras, Frontera, Ramos Arizpe, Cuatro Ciénegas, Parras de la Fuente y Matamoros, cuyos ayuntamientos ya no podrán seguir violando disposiciones de sus leyes de ingresos, para el ejercicio fiscal 2024, de acuerdo con la sentencia que aparece en el comunicado 331/2024.

El Pleno exhortó al Congreso de Coahuila para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos vicios de inconstitucionalidad. Los efectos de la resolución se surtirán a la notificación que deberá efectuarse a los municipios involucrados.

Este fallo indica que los 17 municipios violaban los principios de seguridad jurídica, proporcionalidad y equidades tributarias, gratuidad al acceso de información, así como el derecho de reunión.

Ramos Arizpe, Parras de la Fuente, Guerrero y Zaragoza no podrán cobrar multas administrativas imprecisas en las disposiciones por faltas a la moral y buenas costumbres, corregir con escándalo a los hijos o pupilos en lugar público, vejar o maltratar en la misma forma a los ascendientes, cónyuge o concubina, dirigirse a una persona con frases o ademanes groseros, asediarle o impedir su libertad de acción.

Las referidas disposiciones resultaban ambiguas y violatorias del principio de seguridad jurídica.

También, la sentencia de la Suprema Corte invalidó multas que aplicaban Villa Unión, Guerrero, Ramos Arizpe, Nadadores, Hidalgo, Jiménez, Cuatro Ciénegas y Piedras Negras, a quienes participan en juegos y deportes en la vía pública, que pongan en peligro a las personas que por ahí transiten, o que causen molestias a las familias que habiten en o cerca del lugar en que se desarrollen los juegos.

El fallo anuló también el impuesto sobre espectáculos y diversiones públicas, específicamente, por la realización de bailes privados, particulares, kermés, desfiles, colectas, festivales, uso de música y por la expedición de un permiso por realizar eventos sociales

 

Cobros fuera de atribuciones

Impuesto sobre espectáculos

Sabinas, Frontera, San Buenaventura, Villa Unión y Cuatro Ciénegas

*Las normas no tenían un fin constitucionalmente válido.

Multas administrativas imprecisas Parras, Ramos Arizpe, Guerrero y Zaragoza

*Resultaban ambiguas y violatorias del principio de seguridad jurídica.

Multas por participar en juegos y deportes en la vía pública

Villa Unión, Ramos Arizpe, Guerrero, Nadadores, Hidalgo, Jiménez, Cuatro Ciénegas y Piedras Negras

*Su redacción era ambigua y daba un amplio margen de discrecionalidad.

Expedición de copias simples y certificadas de acceso a información Zaragoza, Cuatro Ciénegas, Sacramento, Matamoros, Progreso, Monclova, Viesca, Lamadrid y Villa Unión

*Afectaban el derecho de acceso a la información y el principio de gratuidad que lo rige. 

 Expedición de copias certificadas no relacionados con información pública Piedras Negras y Torreón

*Violaban el principio de proporcionalidad tributaria, al no guardar una relación razonable con el costo de los materiales necesarios para el servicio.

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