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| El Congreso de Puebla reformó por segunda vez el Código Penal sobre ciberasedio, pero organizaciones y la Oposición acusan que la "Ley Censura" persiste en limitar la libre expresión. Crédito: Especial

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Acusan que Puebla mantiene ‘Ley Censura’ pese a reforma

  Por Agencia Reforma

Publicado el jueves, 10 de julio del 2025 a las 23:07


Pese a una nueva reforma, organizaciones y legisladores de Oposición denunciaron que la 'Ley Censura' se mantiene en Puebla

Puebla.- Un mes después de su polémica aprobación inicial, el Congreso de Puebla reformó nuevamente el Artículo 480 del Código Penal, que tipifica el ciberasedio; sin embargo, a pesar de los ajustes, organizaciones civiles y la Oposición persisten en señalar que la denominada “Ley Censura” sigue atentando contra la libertad de expresión.

El dictamen fue aprobado este jueves 10 de julio en sesión ordinaria con 34 votos a favor, 6 en contra y una abstención. Entre las modificaciones centrales, se redefinió el delito de ciberasedio.

“Acciones reiteradas de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a través de medios digitales, que resulten en la alteración de la vida cotidiana, la privacidad o la integridad de la víctima”, dice el texto aprobado sobre su definición.

El Gobernador de Puebla, Alejandro Armenta Mier solicitó a este cuerpo legislativo la modificación para disipar la controversia que generó a nivel nacional y garantizar que las críticas a servidores públicos y el ejercicio periodístico queden exentos de sanciones penales.

“Quedan excluidas del presente artículo, las manifestaciones o críticas que estén orientadas a satisfacer un interés público, garantizar el desarrollo democrático o traten del escrutinio de cualquier órgano del Estado o persona servidora pública, y todas aquellas expresiones emitidas en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y el periodismo”, fue como quedó la reforma avalada.

Además, se eliminaron conceptos considerados como ambiguos como “injurie” u “agravie” en la descripción del delito y se redujo la pena mínima de prisión de 11 a 6 meses, manteniendo la máxima en 3 años.

No obstante, se estableció un agravante que aumenta la pena hasta 5 años si la víctima es menor de edad. Asimismo se aclaró que el delito solo será perseguible a petición de parte, salvo en casos de menores de edad, personas con discapacidad o relaciones de subordinación, donde se procederá de oficio.

Laura Artemisa García Chávez, presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso poblano y líder de la bancada local de Morena, defendió la reforma, afirmando que su objetivo siempre fue proteger a los ciudadanos y garantizar entornos digitales seguros, especialmente para los niños y adolescentes.

Afirmó que los nuevos elementos jurídicos evitarán interpretaciones erróneas y exigirán la acreditación de la afectación ante el juez, y criticó la “doble postura” de la Oposición.

“Sin tener en cuenta la necesidad de garantizar a las y los poblanos espacios seguros. Una de estas fuerzas (PAN) presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte y finalmente presentó una reforma para su modificación con vicios claros de improcedencia, con nulo interés de defender la libertad de expresión, y la ausencia de técnica y legalidad”, expuso desde la tribuna en la sesión de este jueves.

Pese a los cambios, la aprobación no logró consenso. El PAN y el PRI mantuvieron su postura, pidieron eliminar la llamada “Ley Censura” y activistas criticaron la persistencia de riesgos contra la libertad de expresión.

La diputada Susana Riestra Piña (PAN) reprochó que no se haya escuchado a especialistas en foros realizados en semanas anteriores y acusó que la aprobación se realizó al vapor.

Las críticas más contundentes llegaron de las organizaciones que desde el inicio alertaron sobre la ley, como Artículo 19.

“Lamentamos la aprobación a la reforma del artículo 480 del Código Penal de #Puebla que contiene el delito de ciberasedio por parte del @CongresoPue. Esta reforma mantiene y no resuelve el problema de fondo en el Código Penal: la restricción ilegítima y censura desproporcionada a la libertad de expresión.

“Por lo tanto, exhortamos a las comisiones estatal y nacional de derechos humanos (@CDHPuebla y @CNDH) a promover acciones de inconstitucionalidad contra esta reforma que sostiene graves restricciones a la libre expresión y al flujo informativo en el espacio digital”, posteó.

La controversia en torno al Artículo 480 se desató tras su aprobación inicial, que entró en vigor el 14 de junio. Ante ello, la dirigencia nacional del PAN, encabezada por Jorge Romero Herrera, formalizó el 8 de julio una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra la ley, catalogándola como la primera “gran prueba” para los nuevos ministros.

Aunque la legisladora Laura Artemisa García Chávez ha señalado que este recurso quedará sin efecto con la nueva reforma, el PAN ya prepara una nueva propuesta para legislar sobre el ciberasedio.

La “Ley Censura” de Puebla ha acumulado además 17 amparos presentados por ciudadanos a través de la Unión Internacional de Personas de Derechos Humanos, según lo comentado por voceros a periodistas locales.

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