Saltillo|Monclova|Piedras Negras|Acuña|Carbonífera|TorreónEdición Impresa
Resiliencia emocional en estudiantes Halloween -I parte- Lluvias dan respiro al campo Espera a Rafaela Desconfianza plena

Zócalo

|

Negocios

|

Información

< Negocios

| Según especialista, nueva reforma es una afectación directa a la empresa, que deberá responder en nombre de los trabajadores.

Negocios

Empresa, obligada a pagar a Infonavit; será obligada solidaria

  Por Grupo Zócalo

Publicado el lunes, 18 de agosto del 2025 a las 04:19


En caso de incapacidad o ausencia del trabajador, el patrón deberá responder ante el instituto

Ciudad de México.- A partir del 17 de septiembre, las empresas o patrones tendrán que pagar la parte proporcional que descontaban a sus trabajadores por concepto de pago de un crédito Infonavit, en caso de que estén incapacitados o ausentes bajo la Ley del Seguro Social.

Anteriormente, estos descuentos directos de la nómina del trabajador se suspendían durante el periodo en el que estuviera incapacitado o dado de baja de manera temporal.

Sin embargo, el 21 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reforma diversas disposiciones de las leyes del Infonavit y del Trabajo.

Entre los cambios está la modificación al artículo 29 de la Ley del Infonavit, mediante la cual se establece que los empleadores deberán pagar los descuentos correspondientes a los créditos de vivienda de sus trabajadores cuando se encuentren ausentes o incapacitados.

Alberto Díaz de León, cónsul de la firma de abogados Pérez, Correa, González, explicó que esta reforma obliga al patrón a que quede como responsable de ese pago mientras el trabajador está incapacitado, lo cual es una afectación directa porque ahora el empleador queda como obligado solidario.

Esto implica que, en casos en los que un trabajador tiene un crédito hipotecario, el patrón es responsable de retener y enterar al Infonavit las cantidades correspondientes del salario del colaborador para el pago del financiamiento.

Si el patrón incumple con esta obligación, se le puede requerir el pago de la deuda a través de un crédito fiscal, además de posibles multas y recargos.

“

Si en algún momento un trabajador, derivado de un accidente o de una enfermedad, o un estado de gravidez en el caso de las mujeres que se embarazan, se suspende ese descuento del pago del crédito Infonavit, lo que dice la ley es que no se le puede descontar al trabajador, sino que la empresa va a tener que pagar esas cuotas.

“

Si es una empresa pequeña de 10 trabajadores y uno se incapacita a lo mejor no es muy relevante, pero si hablamos de una nómina de 5 mil trabajadores, donde 1% tiene un crédito Infonavit y potencialmente se puede incapacitar, ya se vuelve una carga administrativa”, apuntó Díaz de León.

Notas Relacionadas

Dejará el Infonavit la cobranza extrajudicial; tendrá asesores

Hace 2 dias

¿Hasta qué edad puedes pedir un crédito del Infonavit?

Hace 1 semana

Más sobre esta sección Más en Negocios

Hace 7 horas

Binance sufre hackeo y congela más de 2,500 millones de dólares para evitar robos

Hace 8 horas

Samsung multiplica por 15 sus ganancias en chips, pero decepciona a inversionistas

Hace 8 horas

Las utilidades de Santander aumentan 14% de enero a septiembre

Hace 10 horas

CFE registra pérdidas por 23 mil 310 millones de pesos en el tercer trimestre

Hace 13 horas

Condusef alerta por posible suplantación de identidad de cuatro instituciones financieras

Hace 14 horas

Precio del dólar hoy 29 de octubre 2026

Hace 14 horas

El Buen Fin del 13 al 17 de noviembre: se esperan ventas 235 mil millones de pesos

Hace 15 horas

Capacita FEC a más de 100 organizaciones de la sociedad civil en filantropía estratégica

Hace 17 horas

Por no operar en un año, la CNE le pondría candado a los permisos de AHMSA y 131 empresas más

Hace 23 horas

Refina Pemex y pierde 1.4 bdp; mala estrategia

Hace 23 horas

Festeja IP regreso de Aeroméxico a Saltillo; clave para la competitividad

Hace 23 horas

Ponen ‘freno’ a la huelga en VW Puebla; aceptan 8.24%